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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 196

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543690 de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1183152-7 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban lista de procedimientos para el cumplimiento de la Meta 34: “Simplificar los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad brindados por la municipalidad y contenidos en el TUPA” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 15-2014-MPL Pueblo Libre, 22 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: el Memorando Nº 451-2014-MPL-GPP de fecha 05 de diciembre de 2014 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorando Nº 360-2014- MPL/GAJ de fecha 17 de diciembre 2014 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, menciona que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Anexo 04 del Decreto Supremo Nº 015-2014-EF que Aprueba los procedimientos para el cumplimiento de Metas y asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la mejora de la gestión y modernización municipal del año 2014, se establece la relación de Metas de Plan de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre del 2014 dentro de las cuales está la Meta 34: Simplifi car los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad brindados por la municipalidad y contenidos en el TUPA; Que, con Resolución Ministerial Nº 048-2013-PCM se aprueba el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa 2013-2016, que precisa las acciones necesarias, metas, indicadores, plazos y entidades públicas responsables de su ejecución para la implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por Decreto de Supremo Nº 004-2013-PCM; Que, con Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM se aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, con Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 123-2014- MPL se conformó el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua. Que, el artículo 36.3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el númeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, los 36 procedimientos eliminados y 4 procedimientos simplifi cados para el cumplimiento de la Meta 34: “Simplifi car los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad brindados por la municipalidad y contenidos en el TUPA”, que como anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. (www.muniplibre.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General y Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación, según corresponda. Artículo Cuarto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde ANEXO LISTA DE PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA META 34 Nº PROCEDIMIENTOS ELIMINADOS SECRETARÍA GENERAL 1 Reprogramación de fecha de matrimonio (pedido efectuado con anticipación). SUBGERENCIA DE REGISTRO Y FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA 2 Deducción de las 50 UIT de la Base Imponible del Impuesto Predial 3 Declaración Jurada de Inscripción. 4 Declaración Jurada de Descargo. 5 Modifi cación y /o rectifi cación de declaración jurada de Autovalúo, Independización de Predio y/o Aumento de Valor. 6 Declaración Jurada de Autovalúo por disminución de valor. 7 Presentación de Jurada para comunicar el Boletaje o similares en caso del impuesto a los espectáculos públicos no deportivos. 8 Liquidación de impuesto a los juegos. 9 Liquidación de impuesto a los espectáculos públicos no deportivos. 10 Declaración Jurada de Actualización de Datos. SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN Y EJECUCIÓN COACTIVA 11 Reclamación contra resoluciones de pérdida de fraccionamiento en materia tributaria. 12 Tercería de propiedad ante cobranza de obligaciones tributarias. 13 Recurso de apelación de resoluciones que deniegan tercerías en materia tributaria 14 Solicitud de suspensión de cobranza coactiva de obligaciones tributarias 15 Tercería de propiedad ante cobranza de obligaciones no tributarias. 16 Solicitud de suspensión de cobranza coactiva de obligaciones no tributarias. 17 Solicitud de suspensión del procedimiento de ejecución coactiva por muerte del obligado (sólo para multas administrativas).