Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 193

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

543687

2014-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica, administrativa, en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la que se ejerce a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme se establece en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 74º del mismo cuerpo legal otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la ley; Que, el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de valores de predio por las municipalidades, sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada anual; Que, la Cuarta Disposicion Final de la MORDAZA citada, senala que las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultad de cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al uno de enero de cada ejercicio; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se encuentra facultada para ratificar las ordenanzas de caracter tributario de los distritos que integran la Provincia de MORDAZA, lo cual constituye un requisito para que dichas ordenanzas entren en vigencia, para lo cual ha establecido los procedimientos de ratificacion correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia Administracion Tributaria y Rentas, y la Gerencia de Asesoria Juridica; el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 030-MDMM que establece el monto de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el ejercicio fiscal 2015: · S/. 5.19 (Cinco y 19/100 nuevos soles) el monto anual del derecho por el por servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2015, incluida su distribucion a domicilio. · S/.0.23 (veintitres centimos de MORDAZA sol), por cada predio adicional. Articulo 2º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de Enero del ano 2015. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena. gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru. gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1183152-1

Ordenanza que reestablece la vigencia de la Ordenanza Nº 452-MDMM que reglamenta uso de azoteas en el distrito
ORDENANZA Nº 026-MDMM MORDAZA, 12 de diciembre de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece en su articulo 88° que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble, en MORDAZA con el bien comun; Que, mediante Ordenanza Nº 031-MDMM se derogo la vigencia de la Ordenanza Nº 452-MDMM que reglamenta el uso de azoteas en el distrito estableciendo otros criterios a los contemplados hasta la fecha; Que, es funcion de la Municipalidad orientar y encausar la inversion privada y ordenar el desarrollo y crecimiento urbanistico en el distrito; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- REESTABLECER la vigencia de la Ordenanza Nº 452-MDMM que reglamenta el uso de las azoteas en el distrito de MORDAZA del Mar; y su modificatoria, la Ordenanza Nº 519-MDMM. Articulo Segundo.- Lo previsto en la presente ordenanza no restringe la aplicacion de incentivos, beneficios u otros, dispuesto en otras ordenanzas de caracter nacional, metropolitano o distrital. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposicion de igual o menor rango que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro. Articulo Quinto.- FACULTESE al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que considere necesarias, para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1183152-3

Ordenanza que establece aspectos tecnicos en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 029-MDMM MORDAZA, 22 de diciembre de 2014

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