Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1183681-1

dia de su publicacion; Que, el numeral 6.6 del citado articulo dispuso que, en caso que durante la semana de vigencia de los Factores de Compensacion o Factores de Aportacion se produzca una actualizacion de las Bandas y en consecuencia, se deba modificar los Factores de Compensacion o Aportacion, estos ultimos surten efecto el mismo dia de la actualizacion de las Bandas; Que, se ha tomado conocimiento que se viene generando un desabastecimiento artificial de los combustibles sujetos al FEPC, al inicio de la entrada en vigencia de la actualizacion de las Bandas de Precios Objetivo del FEPC, como consecuencia del tiempo que transcurre desde las cero horas hasta la publicacion de dichas Bandas en el Diario Oficial El Peruano y la posterior publicacion del correspondiente Informe de Factores, por parte del Administrador del FEPC, a ser aplicados en cada venta primaria e importacion de Productos en el MORDAZA nacional; Que, para evitar que se siga generando el problema operativo mencionado, resulta necesaria la modificacion de los numerales 6.1 y 6.6 del articulo 6 de las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, a fin que la entrada en vigencia de la actualizacion de las Bandas de Precios Objetivo se produzca al dia siguiente de su publicacion; y, De conformidad con lo establecido con el Decreto de Urgencia Nº 010-2004, el Decreto Supremo Nº 1422004-EF y en ejercicio de las atribuciones dispuestas en los numerales 8 y 24 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru. DECRETA: Articulo 1.- Modificacion de los numerales 6.1 y 6.6 del articulo 6 de las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, referidas a la creacion del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF Modifiquese los numerales 6.1 y 6.6 del articulo 6 de las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, que crea el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 6.- Publicacion de la Banda 6.1 De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4 del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, el OSINERGMIN, actualizara y publicara cada dos (2) meses, en el Diario Oficial El Peruano, las Bandas de cada uno de los Productos el ultimo jueves del MORDAZA mes, contado a partir del dia de la publicacion de la MORDAZA actualizacion de las Bandas. La actualizacion a que se refiere el parrafo precedente entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. La informacion tambien debera ser publicada en la pagina web del OSINERGMIN. (...) 6.6 El Factor de Compensacion o Factor de Aportacion de cada Producto sera actualizado, semanalmente, por el Administrador del Fondo y entrara en vigencia al dia siguiente de publicados los Precios de Referencia por OSINERGMIN. En caso que durante la semana de vigencia de los Factores de Compensacion o Factores de Aportacion se produzca una actualizacion de las Bandas segun lo senalado en el numeral 6.1 del presente articulo y, en consecuencia, se deba modificar los Factores de Compensacion o Aportacion, estos ultimos surtiran efecto el mismo dia de la vigencia de las Bandas. (...)" Articulo 2.- Vigencia y refrendo La presente MORDAZA entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Economia y Finanzas.

Aprueban Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2014-EF/63.01 MORDAZA, 18 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que la Reserva de Contingencia incluye hasta la suma de Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) para destinarla a las acciones que se realicen durante el Ano Fiscal 2015, a fin de brindar la atencion oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitacion post desastre de la infraestructura publica danada, asi como reducir los probables danos que pueda generar el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnico-cientifico competente; Que, asimismo, la citada disposicion senala que el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante su Direccion General de Inversion Publica, dicta los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282; Que, conforme al literal c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere dicha Disposicion Complementaria Final; Que, en ese sentido, resulta necesario establecer los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, y por la Resolucion Ministerial Nº 168-2014-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Directiva Nº 0022014-EF/63.01 Apruebese la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicacion Publiquense la presente Resolucion Directoral asi como la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA institucional del

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