Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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La tramitacion al interior de cada una de las instituciones involucradas en la gestion de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley 30282, para la atencion de las Actividades de Emergencia y PIP de emergencia, deberan ser priorizadas en su atencion sobre cualquier otro tramite o accion, siempre que se cumpla con lo senalado en la presente Directiva. 1183595-1

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1022007-EF y normas modificatorias; asi como por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, y por la Resolucion Ministerial Nº 168-2014-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Directiva Apruebese la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01, Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de Emergencia ante la presencia de desastres, la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicacion Publiquense la presente Resolucion Directoral asi como la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01, sus Anexos y Formatos, en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Seccion de Inversion Publica, en el mismo dia de su publicacion oficial. Articulo 3º.- Vigencia La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia el 1 de enero de 2015. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Inversion Publica DIRECTIVA Nº 003-2014-EF/63.01 DIRECTIVA DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA DETERMINAR LA ELEGIBILIDAD DE LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA DE EMERGENCIA ANTE LA PRESENCIA DE DESASTRES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia ante la presencia de desastres, que declare elegibles la Direccion General de Inversion Publica (DGIP) del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF), como requisito previo a su ejecucion. Articulo 2º.- Base Legal 2.1 Decreto Legislativo Nº 183, que aprueba la Ley Organica del Ministerio de Economia Finanzas. 2.2 Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, y modificatorias.

Aprueban Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia ante la presencia de desastres
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011-2014-EF/63.01 MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Inversion Publica, a aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia, ante la presencia de desastres, como requisito previo para su ejecucion; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28802, en concordancia con lo establecido en el articulo 127º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, y en la Cuarta Disposicion Complementaria Final del mencionado Decreto Supremo, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Inversion Publica, es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica, constituyendose en su ente rector, dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen a los Proyectos de Inversion Publica; Que, en ese sentido, es necesario establecer el Procedimiento Simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de Emergencia ante la presencia de Desastres para el Ano Fiscal 2015; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica y su

PUBLICACILN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru.

LA DIRECCION

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