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El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543528 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 789-2014-DE/FAP Lima, 30 de diciembre de 2014 Visto el Ofi cio Nº 548-2014/DP-CM/EDEC de fecha 29 de diciembre de 2014 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, el Ofi cio NC-60-DFOP-Nº 2016 de fecha 29 de diciembre de 2014 del Director de Aerofotografía de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-9-SGFA-Nº 4286 de fecha 29 de diciembre de 2014 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP-524, que trasladará a la Vicepresidenta de la República, al Canciller y su Comitiva, a la ciudad de Brasilia – República Federativa del Brasil, el 01 de enero de 2015, a fi n de participar en la toma de mando de la Presidenta de la República Federativa del Brasil; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP-524, que trasladará a la Vicepresidenta de la República, al Canciller y su Comitiva, a la ciudad de Brasilia – República Federativa del Brasil, el 01 de enero de 2015, a fin de participar en la toma de mando de la Presidenta de la República Federativa del Brasil: TRIPULACIÓN PRINCIPAL Mayor FAP FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA Piloto NSA: O-9657996 DNI: 10558101 Mayor FAP JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA Piloto NSA: O-9664497 DNI: 10863814 Técnico de 2da. FAP SILVESTRE ESTEBAN ABREGO CHAVEZ Mecánico NSA: S-13682794 DNI: 43403079 TRIPULACIÓN ALTERNA Comandante FAP CARLOS MANUEL VARGAS CERNA Piloto NSA: O-9625893 DNI: 43357130 Técnico de 2da. FAP JACINTO ALFREDO INGA CALAMPA Mecánico NSA: S-60790394 DNI: 43571565 Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos US $ 370.00 x 01 día x 03 personas = US $ 1,110.00 TOTAL = US $ 1,110.00 Artículo 4º.- El pago de la presente Comisión de Servicio se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2014. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 7º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1183680-3 Nombran en diversos empleos a Oficiales Almirantes de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 790-2014-DE/MGP Lima, 30 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al Ofi cial, en atención a los Cuadros de Organización de cada Institución Armada y, conforme a su grado, antigüedad y especialidad; Que, la citada Ley en su artículo 15° inciso A), establece que el nombramiento y asignación en el empleo de Ofi ciales Generales y Almirantes se efectuará mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta del Comandante General de la Institución correspondiente, y; Estando a lo propuesto; por el señor Almirante Comandante General de la Marina y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar a partir del 01 de enero de 2015, a los Ofi ciales Almirantes que a continuación se indica, en los empleos siguientes: