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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543526 Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Bogotá D.C. – República de Colombia, del Mayor FAP MANUEL MARCO ANTONIO MUÑOZ RAMIREZ, identifi cado con NSA: O-9679798 DNI: 16798735, para que participe en el “Curso de Estado Mayor”, el mismo que se llevará a cabo en la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares de Colombia, del 08 de enero al 21 de noviembre de 2015; así como autorizar su salida del país el 07 de enero de 2015 y su retorno el 22 de noviembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Bogotá D.C. (República de Colombia) - Lima US $ 1,346.54 x 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 1,346.54 Gastos de Traslado (Ida y Vuelta) US $ 6,416.28 x 02 x 01 persona = US $ 12,832.56 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 6,416.28 / 31x 24 días x 01 persona = US $ 4,967.44 US $ 6,416.28 x 09 meses x 01 persona = US $ 57,746.52 US $ 6,416.28 / 30 x 21 días x 01 persona = US $ 4,491.39 Total a pagar = US $ 81,384.45 Artículo 3º.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias y en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6º.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1183682-2 Autorizan viaje de oficial FAP a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 788-2014-DE/FAP Lima, 30 de diciembre de 2014 Visto el Fax AABR-Nº 162 de fecha 08 de diciembre de 2014 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil y el Ofi cio NC-50-CEPE-Nº 1765 de fecha 09 de diciembre de 2014 del Comandante de Educación de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Brasileña, lo que permite a nuestra Institución realizar el intercambio de Ofi ciales, la observación y el aprendizaje sobre los adelantos que la citada Fuerza Aérea ha logrado en las ciencias aeronáuticas, en los campos académico, doctrinario y tecnológico; Que, mediante el Fax AABR-Nº 162 de fecha 08 de diciembre de 2014, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil comunica, de acuerdo a lo informado por el Estado Mayor de Aeronáutica (EMAER) de la Fuerza Aérea Brasileña, que el “Curso de Comando y Estado Mayor” a realizarse en la Escuela de Comando y Estado Mayor, ubicada en la ciudad de Rio de Janeiro – República Federativa del Brasil, en la que se ha otorgado una vacante para un Ofi cial de la Fuerza Aérea del Perú, se desarrollará del 07 de enero al 04 de diciembre de 2015; Que, la Fuerza Aérea del Perú como parte de su política institucional y en base a los méritos académicos alcanzados, al haber obtenido el segundo puesto a nivel institucional en el Programa de Comando y Estado Mayor Conjunto el año 2012, ha designado al Comandante FAP EDUARDO ANTONIO LEDESMA BARBA, para que participe en el curso mencionado en el considerando precedente; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Rio de Janeiro – República Federativa del Brasil, del Comandante FAP EDUARDO ANTONIO LEDESMA BARBA, para que participe en el “Curso de Comando y Estado Mayor”, que se desarrollará en la Escuela de Comando y Estado Mayor, ubicada en la ciudad de Rio de Janeiro – República Federativa del Brasil, del 07 de enero al 04 de diciembre de 2015; lo que permitirá efectuar un intercambio cercano, efectivo y real de los procesos de planeamiento de Estado Mayor en el ámbito aeronáutico militar de ambos países, infl uyendo en potenciar las habilidades personales y profesionales del Ofi cial designado y redundando en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;