Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2014 (08/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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Que, el articulo 67º de la Constitucion Politica del Estado, establece que el Estado determina la politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; Que los Articulos 188º, 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, establecen que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomenten las inversiones; actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo y tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administracion economica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal y tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, dispone que el Consejo Regional, es un organo que tiene competencias para dictar politicas regionales, emitir normas y realizar la supervision y fiscalizacion en el ambito regional; y ejerce competencia en politica ambiental para formular, aprobar y ejecutar la politica ambiental regional en concordancia con las politicas sectoriales y nacionales; Que, el inciso k) del Articulo 49º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que son funciones del Gobierno Regional en materia de salud " (...) k) Promover y preservar la salud ambiental de la region"; Que, el articulo 3º de la Ley General de Residuos Solidos - Ley Nº 27314; establece que la gestion de residuos solidos en el MORDAZA tiene como finalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulacion, integracion y compatibilizacion de las politicas, planes, programas y estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestion y en el manejo de residuos solidos, aplicando los lineamientos de politica que establece la presente Ley. Siendo uno de ellos, el establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos solidos desde la generacion hasta su disposicion final, a fin de evitar situaciones de riesgos e impactos negativos a la salud humana y el ambiente, sin perjuicio de las medidas tecnicamente necesarias para el mejor manejo de los residuos solidos peligrosos; Que, el articulo 9º de la Ley General de Residuos Solidos - Ley Nº 27314, senala que el Gobierno Regional debe promover la adecuada gestion y manejo de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, asi como de asumir en coordinacion con la autoridad de salud de su jurisdiccion y el Ministerio del Ambiente, o a pedido de cualquiera de dichas autoridades, segun corresponda, la prestacion de dichos servicios de residuos solidos para complementar o suplir la accion de aquellas municipalidades provinciales o distritales que no pueden hacerse cargo de los mismos en forma adecuada; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, dispone que las Municipalidades, tanto provinciales como distritales, son responsables por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comerciales y de aquellos similares a estos originados por otras actividades; El articulo 10º numeral 1) Inc. m) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; establece que los gobiernos regionales tienen la competencia exclusiva para dictar normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes; Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional, ha emitido su dictamen aprobando por unanimidad el proyecto de Ordenanza Regional, por lo que es necesario su aprobacion, toda vez que la Politica Regional para la Gestion y Manejo de Residuos, constituye un conjunto de orientaciones o lineamientos generales para la gestion ambiental regional; Por lo expuesto y estando dentro de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la

El Peruano Miercoles 8 de enero de 2014

Ley de Bases de la Descentralizacion- Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y por el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional del MORDAZA, por unanimidad; Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR LA POLITICA REGIONAL DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS. Articulo Segundo.- APROBAR las siguientes disposiciones como lineamientos politicos: 1. Fortalecer la gestion de los Gobiernos Locales en el ambito municipal, a traves de mecanismos eficientes de recaudacion de los arbitrios de limpieza, mejora de servicios de recoleccion; en la promocion y formalizacion de segregados y recicladores que participan en el manejo de residuos solidos y el fomento de la participacion ciudadana en el manejo de informacion y vigilancia sanitaria. 2. Impulsar campanas regionales de educacion y sensibilizacion ambiental para mejorar las conductas respecto a la disposicion de residuos solidos y fomentar la reduccion, segregacion, rehuso y reciclaje. 3. Promover la inversion publica y privada en proyectos para mejorar los sistemas de recoleccion, reciclaje y disposicion final de residuos solidos, asi como establecer acciones orientadas a recuperar las areas degradadas y recursos hidricos por la descarga de residuos solidos. 4. Establecer medios de sancion frente a la descarga de residuos solidos que contaminen el medio ambiente, el suelo y el aire. Articulo Tercero.- DISPONER, que las Gerencias y Dependencias del Gobierno Regional de MORDAZA, brinden las facilidades tecnicas, administrativas y normativas para su cumplimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la elaboracion del Reglamento de la presente Ordenanza Regional, en un plazo de 60 dias de publicado la presente, la misma que sera aprobado mediante Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional la Elaboracion del Plan Regional para la Gestion Integral de Residuos Solidos, en un plazo no mayor de 120 dias calendarios. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional del MORDAZA para su promulgacion. Dado en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. MORDAZA PACUALA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del MORDAZA, a los 26 dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. MORDAZA ISAACS MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1034191-1

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