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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2014 (08/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Miércoles 8 de enero de 2014 513885 de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por las causales previstas en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, y el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J- 2013-00620, y oído el informe oral. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 16 de mayo de 2013, Adolfo Flores Morey solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Francisco Sanjurjo Dávila y Segundo Hermógenes Vargas Sánchez, Pilar del Rocío Alván López, Ytalo Ysaac Tananta Panduro, Ruller Cárdenas Puscán, Carlos Fernán Parker Mermao, Carlos Alberto Herrera Chávez, Manuela Elva Macuyama Rimachi, Nikyoli Nolberto Ching Chávez, Ángel Ricardo Tejedo Huamán y Emiliano Flores Vigo, alcalde y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por las causales previstas en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, y el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha solicitud generó el Expediente Nº J-2013-00620. El solicitante de la vacancia manifestó que el Concejo Distrital de San Juan Bautista, en sesión ordinaria, de fecha 5 de enero de 2011, con el voto de los regidores cuestionados, aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 002- 2011-SO-MDSJB, que autorizó el viaje al extranjero del alcalde en representación de la municipalidad y dispuso, asimismo, encargar el despacho de alcaldía al cuarto regidor Ruller Cárdenas Puscán. Estos hechos, a decir del solicitante de la vacancia, constituyen una infracción a lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de la LOM, implicando, para el alcalde, incurrir en la causal de vacancia prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, de la LOM, relativo a las restricciones en la contratación, y para los regidores, la comisión de la causal de vacancia contemplada en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, que sanciona el ejercicio de funciones administrativas y/o ejecutivas. En sustento de sus imputaciones, el solicitante de la vacancia presentó los siguientes documentos: - Ofi cio (M) Nº 002-2011-OSG-MDSJB, del 3 de enero de 2011, por el que se cita a los miembros del Concejo Distrital de San Juan Bautista a sesión ordinaria, a realizarse el 5 de enero de 2011, cuyo primer punto de agenda es la autorización de viaje al exterior del alcalde en representación de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista (Expediente Nº J-2013-00620, fojas 6). - Ofi cio Nº 003-2011-GM-MDSJB, del 4 de enero de 2011, que dirige el gerente municipal al alcalde, mediante el cual le alcanza la opinión legal favorable sobre la licencia sin goce de haber del burgomaestre, con motivo de una invitación recibida del extranjero (Expediente Nº J-2013-00620, fojas 8). - Informe Nº 0002-2011-MDSJB-OAJ, del 4 de enero de 2011, que el jefe de la ofi cina de asesoría jurídica dirige al gerente municipal, en el que se indica que, según el artículo 9, numeral 11, de la LOM, corresponde al concejo municipal autorizar los viajes al exterior del país que realice el alcalde (Expediente Nº J-2013-00620, fojas 42 y 43) . - Memorando Nº 009-2011-A-MDSJB, del 3 de enero de 2011, mediante el cual el alcalde solicita al gerente municipal “tomar las acciones administrativas correspondientes para el otorgamiento de licencia sin goce de haber […] a partir del jueves 6 al 1 de enero de 2011” (Expediente Nº J-2013-00620, fojas 44). - Acta de sesión ordinaria de concejo, de fecha 5 de enero de 2011, en el que consta el Acuerdo de Concejo Nº 002-2011-SO-MDSJB, que autoriza el viaje al extranjero del alcalde en representación de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista y encarga, asimismo, el despacho de alcaldía al cuarto regidor (Expediente Nº J-2013-00620, fojas 10 a 24). Las solicitudes de adhesión Entre los días 15 y 16 agosto de 2013 se presentaron ante la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista cuatro solicitudes de adhesión al pedido de vacancia presentado por Adolfo Flores Morey, conforme se detalla a continuación: - Solicitud de adhesión presentada por Juan Alberto Ramos Paredes (fojas 35 a 37, incluido el anexo). - Solicitud de adhesión presentada por Roy Valcárcel Hidalgo (fojas 38 a 40, incluido el anexo). - Solicitud de adhesión presentada por Róner Macuyama Rimachi (fojas 41 y 42, incluido el anexo). - Solicitud de adhesión presentada por Édinson Cardozo Zumba (fojas 43 y 44, incluido el anexo). La decisión del Concejo Distrital de San Juan Bautista En sesión extraordinaria de concejo, realizada el 20 de agosto de 2013 (fojas 12 a 29), contando con la asistencia del concejo en pleno, se aprobó, por unanimidad, el Acuerdo de Concejo Nº 007-2013-SE-MDSJB, que “rechaz[a] el pedido de vacancia solicitada por el señor Adolfo Flores Morey, con la adhesión de los señores Roy Valcárcel Hidalgo, Juan Alberto Ramos Paredes, Roner Macuyama Rimachi y Edinson Cardozo Zumba” (sic). La decisión del concejo municipal fue notifi cada a Adolfo Flores Morey el 21 de agosto de 2013, tal como se aprecia a fojas 32. El recurso de apelación interpuesto por Adolfo Flores Morey El 11 de setiembre de 2013, el solicitante de la vacancia interpuso recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Nº 007-2013-SE-MDSJB, reiterando los argumentos expuestos en su solicitud (fojas 2 a 11). CUESTIÓN EN DISCUSIÓN Determinar si debe declararse la nulidad del procedimiento de declaratoria de vacancia, atendiendo a las irregularidades advertidas en la tramitación seguida ante la instancia municipal y, de ser el caso, establecer si el burgomaestre y los regidores cuestionados de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista incurrieron en las causales de vacancia contempladas en los artículos 22, numeral 9, concordado con el artículo 63, y 11, de la LOM, respectivamente. CONSIDERANDOS Cuestión previa 1. Antes de ingresar al análisis del caso concreto, este órgano colegiado estima conveniente precisar, en aras del respeto al derecho a la pluralidad de instancias, que el presente pronunciamiento se circunscribirá a valorar y resolver los hechos imputados en la solicitud de declaratoria de vacancia sobre la base de los documentos presentados hasta antes de la emisión del pronunciamiento del concejo municipal, y no así los nuevos medios probatorios proporcionados por la defensa del alcalde distrital Francisco Sanjurjo Dávila el mismo día de la audiencia. Sobre las irregularidades advertidas en la tramitación del procedimiento de declaratoria de vacancia en la instancia municipal 2. De la revisión de los actuados, este órgano colegiado ha advertido la presencia de ciertos defectos en la tramitación del procedimiento de declaratoria de vacancia en sede municipal, cuya trascendencia o intrascendencia debe ser evaluada y determinada, a fi n de resolver si corresponde declararse la nulidad de lo actuado, o en su caso, emitir un pronunciamiento sobre el fondo. 3. Así, de la documentación que obra en autos se aprecia que en la sesión extraordinaria en la que se aprobó el Acuerdo de Concejo Nº 007-2013-SE-MDSJB, el alcalde Francisco Sanjurjo Dávila se abstuvo de emitir su voto, infringiendo lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que los miembros de un órgano colegiado –en este caso, el concejo municipal– están obligados a votar. Asimismo, en el acta correspondiente a la sesión extraordinaria del 20 de agosto de 2013 no se aprecia que se sometiera a votación la aprobación o