Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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Consejo Regional de MORDAZA, en relacion con el articulo 377 del Codigo Penal. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Consejo Regional Nº 131-2013-GRA/CR, del 11 de octubre de 2013, aprobado en sesion extraordinaria del 23 de setiembre de 2013, que declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de consejero regional, por la provincia de Huaylas, en el Consejo Regional de MORDAZA, por la causal de inasistencia injustificada a cuatro sesiones alternadas de consejo durante un ano, prevista en el articulo 30, numeral 5, de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Consejo Regional de MORDAZA, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de consejero regional, por la provincia de Huaylas, en el Consejo Regional de MORDAZA, conforme a lo senalado en los considerandos de la presente resolucion, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal del MORDAZA, para que las remita al fiscal provincial penal competente, a fin de que evalue la conducta de los integrantes de dicho consejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1039115-1

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la citada entidad MORDAZA, alegando que incurrieron en actos de nepotismo al ejercer injerencia directa e indirecta, respectivamente, en la contratacion de sus parientes, fundamentando su pedido en los siguientes terminos: a) MORDAZA MORDAZA Santoyo, supuesto hermano del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santoyo, habria trabajado como almacenero de la obra "Construccion y Equipamiento de la Institucion Educativa Vencedores del Dos de MORDAZA del distrito de Pulan". Al respecto, no precisa durante que periodo de tiempo y bajo que modalidad contractual habria prestado servicios en la entidad edil. b) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gerente general de la empresa Asociados Ejecutores & Consultores MORDAZA S.A.C., quien seria MORDAZA hermano del MORDAZA, ha sido contratado para ejecutar la obra "Construccion del Coliseo Cerrado (Primera Etapa) ­ Pulan", conforme a la Carta N. º 12-2012, de fecha 22 de diciembre de 2012 (fojas 33), al comprobante de pago Nº 964-2012 (fojas 31), por la suma de S/. 10 750,00 (diez mil setecientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), y al comprobante de pago Nº 960-2012 (fojas 32), por el importe de S/. 10 500,00 (diez mil quinientos y 00/100 nuevos soles). c) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, supuesto hermano de Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien seria la esposa del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria sido contratado como operario de la obra "Construccion de la Iglesia Virgen de los MORDAZA del Caserio Litcan distrito de Pulan", desde el 31 de agosto al 15 de noviembre de 2012, de acuerdo con el documento de fojas 36. d) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, supuesto MORDAZA hermano del regidor cuestionado, trabajo prestando servicios de taxi a la Municipalidad Distrital de Pulan, de acuerdo con el comprobante de pago Nº 095-2012 (fojas 179), por el monto de S/. 500,00 (quinientos y 00/100 nuevos soles), comprobante de pago Nº 0138-2012 (fojas 181), por la suma de S/. 500,00 (quinientos y 00/100 nuevos soles), y comprobante de pago Nº 0384-2012 (fojas 180), por el importe de S/. 1 000,00 (un mil y 00/100 nuevos soles). Descargos del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santoyo y del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mediante escrito, de fecha 25 de marzo de 2013 (fojas 48 a 65), el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santoyo formulo su descargo a la solicitud de vacancia, sin negar el vinculo de parentesco imputado y limitandose a senalar que no se encuentra acreditada la supuesta relacion contractual con su hermano MORDAZA MORDAZA Santoyo, y su MORDAZA hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, porque no existen contratos suscritos entre los MORDAZA citados y su persona como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pulan. Con fecha 15 de marzo de 2013 (fojas 46 a 47), el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento su descargo al pedido de vacancia, sin cuestionar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tengan la condicion de su cunado y MORDAZA hermano, respectivamente, y negando haber ejercido cualquier MORDAZA de influencia en sus contrataciones. Pronunciamiento del Concejo Distrital de Pulan En Sesion Extraordinaria Nº 02-2013, de fecha 8 de MORDAZA de 2013 (fojas 66 a 67), el Concejo Distrital de Pulan, con la asistencia de todos sus integrantes, rechazo la solicitud de vacancia del MORDAZA por tres votos a favor y tres en contra. De igual forma, desestimo el pedido de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por seis votos en contra. Recurso de reconsideracion El 29 de MORDAZA de 2013 (fojas 68 a 88), MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de reconsideracion contra el acuerdo de concejo adoptado en sesion extraordinaria de fecha 8 de MORDAZA de 2013, que desestimo su solicitud de vacancia, sobre la base de los argumentos MORDAZA expuestos. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 1 de MORDAZA de 2013 (fojas 229 a 248), MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra la resolucion ficta que declara infundado el recurso de reconsideracion presentado con fecha 29 de MORDAZA de 2013, reproduciendo los argumentos expuestos en el procedimiento de vacancia.

Confirman acuerdo de concejo en extremos que rechazaron pedidos de vacancia de MORDAZA y regidor de la Municipalidad Distrital de Pulan, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1112-2013-JNE Expediente Nº J-2013-01086 PULAN - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, diecisiete de diciembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del acuerdo de concejo adoptado en la sesion extraordinaria de fecha 8 de MORDAZA de 2013, que rechazo la solicitud de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA Santoyo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de MORDAZA y regidor, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Pulan, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, asi como oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 22 de enero de 2013 (fojas 7 a 16), MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA Santoyo, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pulan, y

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