Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2014 (23/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

514878

PROYECTO

El Peruano Jueves 23 de enero de 2014

N° 053-2012-OS/CD, con vigencia desde el 1 de MORDAZA del 2012 hasta el 30 de MORDAZA del 2014, siendo necesario fijar las nuevas tarifas; Que, de acuerdo a lo senalado en la clausula 14.8 del Contrato BOOT de TGP, al haberse dado la condicion de que la GRP resultara con un valor igual a cero por tres (3) anos consecutivos, hecho que ocurrio desde la liquidacion de la GRP del ano 2009, dicha garantia se extinguio automaticamente; Que, de acuerdo a la definicion de Tarifa Regulada considerada en el contrato BOOT, una vez concluido el Periodo de Garantia con la extincion de la GRP y hasta la terminacion del Periodo de Recuperacion, la Tarifa Regulada sera igual a la Tarifa Base; Que, considerando la definicion de Tarifa Regulada senalada en el considerando anterior, las Tarifas por Red Principal aprobadas por la presente resolucion, aplicables a partir del 01 de MORDAZA de 2014, permaneceran vigentes hasta el final del Periodo de Recuperacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 4 y 5 de la MORDAZA del Servicio de Transporte de Gas Natural por Ductos, aprobada mediante Decreto Supremo N° 0182004-EM, el Servicio de Transporte puede ser Servicio Firme o Interrumpible, correspondiendole a OSINERGMIN aprobar las tarifas correspondientes, de acuerdo al numeral 2.47 de la citada Norma; Que, el Articulo 11° del Reglamento de la Ley 27133, define los criterios para determinar las Tarifas Reguladas por el uso de la Red Principal asi como la fijacion del Periodo Tarifario, el cual esta complementado por el "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion N° 078-2004-OS/ CD y modificada por Resolucion N° 082-2010-OS/CD; Que, mediante Resolucion N° 080-2012-OS/CD el Consejo Directivo de OSINERGMIN aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", en cuyo Anexo C.1 se establecio el "Procedimiento para Fijacion de las Tarifas de Transporte de Gas Natural por Ductos"; Que, el procedimiento de fijacion de las Tarifas de Red Principal de Camisea actualmente en curso, se inicio con la MORDAZA de la propuesta de TGP, cumpliendose, ademas, con cada una de las siguientes etapas previstas en el Anexo C.1 del Procedimiento, entre ellas, la realizacion de la Audiencia Publica para la MORDAZA y sustento de la propuesta por parte de TGP; Que, asimismo, de acuerdo a la etapa g) del Anexo del Procedimiento, mediante Resolucion OSINERGMIN N° XXX-2014-OS/CD, se dispuso la publicacion del proyecto de Resolucion que Fija las Tarifas por Red Principal de Gas Natural de Camisea; asi como la relacion de la informacion que la sustenta; convocando a la realizacion de Audiencia Publica que se efectuo en la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria en la MORDAZA de MORDAZA el dia 30 de enero de 2014, en la cual la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN expuso los criterios y metodologia utilizados en el analisis de la propuesta tarifaria presentada por la empresa TGP; Que, el 06 de febrero de 2014 fue la fecha limite para que los interesados en la regulacion tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias al proyecto de resolucion que fija las Tarifas por Red Principal de Gas Natural de Camisea, recibiendose las opiniones y sugerencias de ..................; las cuales han sido publicadas en la pagina Web del OSINERGMIN y cuyo analisis se realiza en los Informes N° XXX-2014-GART y N° XXX-2014-GART; Que, en este sentido, se han emitido el Informe Tecnico N° XXX-2014-GART y el Informe Legal N° YYY-2014-GART, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y a las disposiciones y facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y SE RESUELVE: Articulo 1°.- Fijese las Tarifas por Red Principal de Gas Natural de Camisea, de acuerdo a lo siguiente:
TRP en Moneda Extranjera US$ / millar de Sm3 Tarifa Firme 31,4384 31,4384

La Tarifa Aplicable en Moneda Nacional (TA_MN) o Extranjera (TA_ME), se efectua de acuerdo a lo establecido en el articulo 10° del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 2°.- Los factores de reajuste de las tarifas senaladas en el articulo anterior, se efectuaran de acuerdo a lo establecido en el articulo 11° del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 3°.- Las Condiciones de Aplicacion de las tarifas de la Red Principal, el Cargo por Reserva de Capacidad (CRC) y el Cargo por Uso (CUM) se encuentran establecidos en el articulo 13° del "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004-OS/CD, sus modificatorias y ampliatorias. En caso que el valor del Factor de Uso definido en la Resolucion N° 078-2004-OS/CD sea modificado, la Tarifa Interrumpible aprobada en el Articulo sera calculada considerando el MORDAZA valor de dicho factor sin necesidad de un MORDAZA regulatorio Articulo 4°.- La presente resolucion sera de aplicacion desde el 1 de MORDAZA del 2014 y se mantendra vigente hasta el final del Periodo de Recuperacion, de acuerdo con el Contrato BOOT de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate. Articulo 5°.- Incorporese el Informe Tecnico N° XXX2014-GART y el Informe Legal N° YYY-2014-GART como anexo y parte integrante de la presente resolucion. Articulo 6°.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y los informes respectivos seran consignados en la pagina WEB de OSINERGMIN: www. osinerg.gob.pe. EXPOSICION DE MOTIVOS Los gasoductos que conforman la Red Principal de Camisea se encuentran normados por la Ley N° 27133, Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-99-EM, y los respectivos Contratos BOOT de las Concesiones de Transporte y Distribucion. La empresa TGP tiene a su cargo, entre otros, la construccion y operacion del gasoducto de transporte de gas natural desde Camisea hasta el City Gate ubicado en Lurin al sur de MORDAZA, la cual es parte integrante de la Red Principal de Camisea, cuyas tarifas son materia del presente procedimiento regulatorio. La empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. ­ Calidda, es la concesionaria del "Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao". Inicialmente dicho contrato contemplaba la existencia de una Tarifa por Red Principal de Distribucion. Posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 0482008-EM y la Adenda al citado Contrato BOOT suscrita el 06 de MORDAZA de 2010, las Tarifas de la Red Principal de Distribucion se unificaron con las Tarifas de las Otras Redes, sustituyendose en un solo sistema denominado Tarifa Unica de Distribucion ­ TUD. OSINERGMIN, de acuerdo al articulo 9° de la Ley de Promocion es quien fija los pliegos tarifarios y el cargo por Garantia por Red Principal (GRP), tomando en consideracion la normativa aplicable. Las tarifas actualmente aprobadas, mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 053-2012-OS/CD, tienen una vigencia hasta el 30 de MORDAZA del 2014; por lo tanto es necesario la emision de nuevas tarifas. En cumplimiento de los dispositivos legales citados, del Anexo C.1) de la MORDAZA "Procedimientos de Fijacion de Precios Regulados", aprobado mediante la Resolucion N° 080-2012-OS/CD y en aplicacion de los criterios expuestos en la presente Exposicion de Motivos, OSINERGMIN expide el proyecto de Resolucion que fija las tarifas correspondientes a la Red Principal de Camisea que seran de aplicacion desde el 1 de MORDAZA del 2014 hasta el final del Periodo de Recuperacion, de acuerdo con el Contrato BOOT de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate. 1041129-1

MORDAZA Tarifa Base Tarifa Regulada

Tarifa Interrumpible 34,9316 34,9316

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