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El Peruano Jueves 23 de enero de 2014 514864 la continuidad de los demás compromisos consignados en esos documentos; Que en razón de lo anterior y estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en la precitada sesión extraordinaria del 08 de enero del año en curso; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje en misión ofi cial a Sao Paulo (Brasil), del 09 al 15 de febrero del 2014, y a Bogotá (Colombia), del 16 al 20 de ese mes, de las Autoridades y docentes de esta Universidad que a continuación se nominan como sigue: a) A SAO PAULO (BRASIL) • DR. JOSÉ DE LA ROSA CRUZ MARTÍNEZ (Rector) • DR. ADAN ALVARADO BERNUY • DRA. ENEDIA GRACIELA VIEYRA PEÑA • Mg. ISABEL CRISTINA TANG SERQUÉN • Mg. JHON PIERO DIOS VALLADOLID • Mg. CARLOS ALBERTO CÁNEPA LA COTERA • DR. EDWIN ALBERTO UBILLUS AGURTO b) A BOGOTÁ (COLOMBIA): • Dr. DANTE RODRÍGUEZ RUIZ (Vicerrector Administrativo) • Dra. BALBINA URBINA VILCHEZ (Directora de la Escuela de Enfermería – FCS) Artículo 2º.- INDICAR que el viaje en misión ofi cial dispuesto en el artículo anterior, debe fi nanciarse con cargo al Proyecto “MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DESARROLLANDO LAS CAPACIDADES DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES” y, específi camente, con cargo a la Estructura Funcional Programática y Cadena de Gastos que a continuación se indican como sigue: PROGRAMA : 0066 FORMACIÓN UNIVERSITARIA DE PREGRADO PROYECTO : 2183559 MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DESARROLLANDO LA CAPACIDADES DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES ACCIÓN DE INVERSIÓN : 6000008 FORTALECIMENTO DE CAPACIDADES FUNCION : 22 EDUCACIÓN DIVISIÓN FUNCIONAL : 048 EDUCACIÓN SUPERIOR GRUPO FUNCIONAL : 0010 INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO FUENTE FTO. : 1 RECURSOS ORDINARIOS : 1 RECURSOS DETERMINADOS CADENA DE GASTO : 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS : 2.6.7 INVERSIONES INTANGIBLES : 2.6.7.1 I N V E R S I O N E S INTANGIBLES : 2.6.7.1.5 FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN : 2.6.7.1.53 GASTOS POR LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS SAO PAULO : S/. 49,420.00 (Gastos de viaje en misión ofi cial 8 personas a Sao Paulo – Brasil) Dr. José De La Rosa Cruz Martínez D. Adan Alvarado Bernuy Dra. Enedia Graciela Vieyra Peña Mg. Isabel Cristina Tang Serquen Mg. Diana Milagro Miranda Ynga Mg. Jhon Piero Dios Valladolid Dr. Edwin Alberto Ubillus Agurto Ing. Carlos Alberto Canepa La Cotera BOGOTÁ (COLOMBIA) : S/. 9,040.00 (gastos de viaje en misión ofi cial 2 personas a Bogotá - Colombia) Dr. Dante Rodríguez Ruiz Dra. Balbina Urbina Vilchez Artículo 3º.- ENCOMENDAR a la Ofi cina General de Personal y Capacitación y a la Ofi cina General de Administración, el cumplimiento de las acciones que siendo de sus respectivas competencias, se deriven de lo aquí dispuesto. Dada en Tumbes, a los veintisiete días de diciembre de dos mil trece. Regístrase y comunícase. JOSÉ DE LA ROSA CRUZ MARTÍNEZ Rector 1040716-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Inscriben a Innova Perú, Desarrollo y Competitividad S.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN N.° 995-2013-JNE Expediente N.° J-2013-01176 REGISTRO ELECTORAL DE ENCUESTADORAS Lima, once de noviembre de dos mil trece VISTA la solicitud de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, de fecha 18 de setiembre de 2013, presentada por la persona jurídica Innova Perú, Desarrollo y Competitividad S.R.L., a través de Bettoben Alejos Carrera, representante legal de la misma. ANTECEDENTES Con escrito de fecha 18 de setiembre de 2013, Bettoben Alejos Carrera, gerente general de la persona jurídica Innova Perú, Desarrollo y Competitividad S.R.L., solicitó la inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras de la referida encuestadora. Sin embargo, al no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Resolución N.° 5011-2010- JNE, Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resuelve requerir, mediante Auto N.° 1, de fecha 30 de setiembre de 2013, a la referida persona jurídica para que cumpla, dentro del plazo señalado, con remitir la documentación faltante. De esta manera, con fecha 4 de noviembre de 2013, la persona jurídica Innova Perú, Desarrollo y Competitividad S.R.L. cumplió con remitir la documentación solicitada, subsanando las observaciones advertidas, acreditando al profesional Josmell Paúl Enríquez Alva, licenciado en Estadística e Informática, adjuntando la constancia de habilitación emitida por el Colegio de Estadísticos del Perú, en la que se aprecia que está inscrito en dicho gremio con el Registro N.° 301. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del artículo 178 de la Constitución Política del Perú y el artículo 5, literal l, de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, este órgano constitucional tiene la función de fi scalizar la legalidad del proceso electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el artículo 18 de la Ley N.° 27369, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de Elecciones, el Jurado Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripción, así como también establece que solo podrán publicarse encuestas de personas naturales o jurídicas que cuenten con inscripción vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripción de las personas jurídicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intención de voto, así como