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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2014 (30/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Jueves 30 de enero de 2014 515555 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 014-2014-DV-PE Mediante O¿ cio Nº 004-2014-DV-SG/UADA, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 014-2014-DV-PE, publicada en la edición del día 22 de enero de 2014. DICE: (...) ARTÍCULO SEGUNDO.- FINANCIAMIENTO Las transferencias ¿ nancieras autorizadas por el artículo primero de la presente Resolución se realizarán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente la fuente de ¿ nanciamiento Recursos Ordinarios. DEBE DECIR: (...) ARTÍCULO SEGUNDO.- FINANCIAMIENTO Las transferencias ¿ nancieras autorizadas por el artículo primero de la presente Resolución se realizarán con cargo al presupuesto aprobado en el Año Fiscal 2013 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente la fuente de ¿ nanciamiento Recursos Ordinarios. 1043918-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen publicar el proyecto de resolución que aprueba el “Procedimiento para el Abastecimiento mediante GNC o GNL a determinadas áreas de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos” en la página web de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 012-2014-OS/CD Lima, 14 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o¿ cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Asimismo, dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el diario o¿ cial El Peruano, la resolución que aprueba la publicación de la propuesta de Norma “Procedimiento para el Abastecimiento mediante GNC o GNL a determinadas áreas de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos”. Asimismo, corresponde disponer que dicha resolución sea consignada conjuntamente con el proyecto normativo, la exposición de motivos e informes que la sustentan, en la página Web de OSINERGMIN, para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe Técnico N° 019-2014-GART de la División de Gas Natural y el Informe Legal N° 020-2014-GART de la Asesoría Legal, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, con los cuales se complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re¿ ere el numeral 4 del Artículo 3° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en los literales b) y c) del Artículo 3° de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054- 2001-PCM, en el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modi¿ catorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesión Nº 02-2014. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación en la página Web institucional de OSINERGMIN www2.osinerg.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba el “Procedimiento para el Abastecimiento mediante GNC o GNL a determinadas áreas de las Concesiones de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos”, conjuntamente con su exposición de motivos, el Informe Técnico Nº 019-2014-GART y el Informe Legal Nº 020-2014-GART, informes que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- De¿ nir un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la fecha de publicación del proyecto de resolución a que se re¿ ere el artículo anterior, a ¿ n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias, a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número 2240491, o vía correo electrónico a la dirección: normasgartdgn@osinerg.gob.pe indicando en el asunto “Procedimiento Abastecimiento con GNC y GNL”. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo serán admitidos los comentarios hasta las 06:00 p.m., en cualquier medio. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la publicación dispuesta, la recepción y el análisis de las opiniones y/o sugerencias que se formulen al proyecto de resolución publicado, así como la presentación de la propuesta ¿ nal al Consejo Directivo del OSINERGMIN. Artículo 4.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O¿ cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 1044137-1