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El Peruano Jueves 30 de enero de 2014 515559 Artículo 4°.- Aprobar las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensación correspondiente al mes de enero de 2014 (en Nuevos Soles), a que se re¿ ere el Artículo 29° de la Ley N° 28832 y el Artículo 3.2° del Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM. Cuadro N° 3 Empresas Receptoras Empresas Aportantes Seal Electro Sur Este Electrosur Electro Dunas Electro Puno Electro Oriente Emsemsa Edelsa Edelnor 935 228 62 000 Luz del Sur 508 581 385 002 Hidrandina 120 053 249 813 Electro- noroeste 206 686 50 401 Electronorte 222 451 Electrocentro 59 973 Coelvisac 45 121 Electro Ucayali 12 343 18 433 Emseusa 18 675 Edecañete 11 369 Empresas Receptoras Empresas Aportantes Seal Electro Sur Este Electrosur Electro Dunas Electro Puno Electro Oriente Emsemsa Edelsa Electro Tocache 6 855 Esempat 2 312 Chavimochic 146 511 Adinelsa 473 117 Egepsa 98 Sersa 5 Artículo 5°.- Las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensación deberán efectuarse dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución. Artículo 6°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario o¿ cial El Peruano y consignada, junto con los Informes N° 048-2014-GART y N° 049-2014-GART, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 1044137-2 Aportantes Fecha Receptoras Edelnor Luz del Sur Electronorte Electro Sur Este Seal Electrosur Electrocentro Electro Puno Coelvisac Egepsa 15/04/2014 1 585 15/05/2014 1 586 15/03/2014 1 092 Esempat 15/04/2014 1 093 15/05/2014 1 095 15/03/2014 733 Edelsa 15/04/2014 736 15/05/2014 738 Aprueban factores de actualización “p” para determinar cargos unitarios por Compensación por Seguridad de Suministro de RF de Talara y RF Ilo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 016-2014-OS/CD Lima, 28 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos de Urgencia N° 037- 2008 y N° 049-2008, los Decretos Legislativos N° 1002 y N° 1041 y la Ley N° 29852 (en adelante “las Normas”) se estableció que se incluya como parte del Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión: (i) el cargo para compensar la generación adicional que las empresas estatales implementan en virtud de encargos del Ministerio de Energía y Minas, para atender situaciones de restricción temporal de electricidad (ii) los costos variables adicionales en que incurran las unidades de generación respecto del costo marginal que se determine asumiendo que no existe restricción alguna de producción, transporte de gas natural, ni restricciones de transmisión eléctrica y los costos que por la diferencia entre los Precios en Barra y los costos marginales de corto plazo suponga atender retiros sin contrato de las empresas distribuidoras para sus Usuarios Regulados, (iii) el Cargo por Prima determinado a partir de la diferencia entre la valorización de las inyecciones netas de energía de los generadores que utilizan recursos energéticos renovables a su correspondiente Tarifa de Adjudicación de licitación y la valorización de la mencionada energía a Costos Marginales de Corto Plazo, (iv) el Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de Suministro que compensa los contratos de Reserva Fría de la Planta Ilo y la Planta Talara, y (v) el Cargo Unitario por FISE que compensa los recargos pagados por los generadores eléctricos para ¿ nanciar el Fondo de Inclusión Social Energetica (FISE); Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 001-2009-OS/CD, N° 228-2012-OS/CD, N° 001-2010- OS/CD, N° 651-2008-OS/CD y N° 151-2013-OS/CD y modi¿ catorias, se aprobaron las normas que establecen la metodología a seguir para la determinación de los cargos unitarios por compensaciones al momento de ¿ jarse los Precios en Barra, así como su revisión trimestral en la misma oportunidad en que se calculen los Precios a Nivel Generación; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 053- 2013-OS/CD y modi¿ catorias, se ¿ jaron los Precios en Barra aplicables al periodo mayo 2013 – abril 2014 que incluyeron los cargos unitarios por compensación establecidos por las Normas. Asimismo, se estableció que los mencionados cargos se actualizarán mediante la aplicación de un factor “p” que se determinará trimestralmente conforme a lo establecido por las normas aprobadas por Resoluciones OSINERGMIN N° 001-2009- OS/CD, N° 228-2012-OS/CD, N° 001-2010-OS/CD, N° 651-2008-OS/CD y N° 151-2013-OS/CD; Que, a la fecha, el Ministerio de Energía y Minas ha solicitado a las empresas Electroperú,