Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2014 (01/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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los Institutos Viales Provinciales, se requiere: indicar el ordenamiento legal vigente de la Conciliacion que les corresponde; modificar la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01 "Preparacion y MORDAZA de Informacion Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental", aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 002-2011EF/51.01. respecto a la conciliacion con la Direccion General de Contabilidad Publica que efectuaran las indicadas entidades gubernamentales; y establecer su Periodo de Regularizacion; y, Estando a lo propuesto por la Direccion de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, la Direccion de Gobiernos Locales y con la conformidad de la Direccion de Normatividad; y en uso de las atribuciones conferidas por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010 y los incisos a) y b) del articulo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Directiva para las entidades gubernamentales del Gobierno Nacional y para Gobiernos Regionales Aprobar la Directiva Nº 001-2014-EF/51.01 "Conciliacion del MORDAZA Legal y Ejecucion del Presupuesto para las Entidades Gubernamentales del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales" y sus cuatro (04) anexos, que forman parte de la presente Resolucion, con vigencia a partir del Cierre Contable del ejercicio 2013; y disponer su difusion en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas http://www.mef.gob. pe, en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- Derogacion de la Directiva Nº 0012013-EF/51.01 Derogar la Directiva Nº 001-2013-EF/51.01 "Conciliacion del MORDAZA Legal del Presupuesto por las Entidades Gubernamentales del Estado" aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 003-2013-EF/51.01. Articulo 3º.- Ordenamiento legal vigente respecto a la Conciliacion de los Gobiernos Locales, las Mancomunidades Municipales, las Sociedades de Beneficencia Publica y los Institutos Viales Provinciales Los Gobiernos Locales, las Mancomunidades Municipales, las Sociedades de Beneficencia Publica y los Institutos Viales Provinciales se regiran por la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01 "Preparacion y MORDAZA de Informacion Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental", aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2011-EF/51.01; por la Directiva Nº 003-2012-EF/51.01 "Cierre Contable y MORDAZA de Informacion para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica", aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 017-2012-EF/51.01 y su modificatoria la Resolucion Directoral Nº 015-2013-EF/51.01 en lo que corresponda, asi como por los articulos 3º, 4º y 5º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Modificacion de la Directiva Nº 0012011-EF/51.01 para los Gobiernos Locales y otras entidades gubernamentales Modificar el MORDAZA parrafo del numeral 5 Conciliacion del MORDAZA Legal del Presupuesto de la Directiva Nº 0012011-EF/51.01, cuyo texto quedara redactado de la manera siguiente: "Las entidades gubernamentales comprendidas en los Gobiernos Locales y Mancomunidades Municipales efectuaran la conciliacion presupuestaria con la Direccion General de Contabilidad Publica teniendo como base los reportes presupuestales generados a traves del Aplicativo Web "SIAF Modulo Contable ­ Informacion Presupuestaria"; las Sociedades de Beneficencia Publica y los Institutos Viales Provinciales la realizaran en el modulo SICON Visual y transmitiran a la Direccion General de Contabilidad Publica, via Aplicativo Web, remitiendo la carpeta con la Conciliacion del MORDAZA Legal del Presupuesto y las Hojas de Trabajo del MORDAZA Legal del

El Peruano Sabado 1 de febrero de 2014

Presupuesto de Ingresos y de Gastos por Resoluciones, que tendran caracter de Declaracion Jurada, firmadas por el Jefe de Presupuesto y el Director General de Administracion o quienes MORDAZA sus veces; sustentadas con copias fotostaticas debidamente autenticadas, de los dispositivos legales relacionados con el presupuesto inicial y las modificaciones efectuadas en el periodo que se informa". Articulo 5º.- Determinacion del periodo de regularizacion para los Gobiernos Locales y otras entidades gubernamentales Establecer que el Periodo de Regularizacion culmina el 15 de marzo siguiente al ejercicio fiscal materia de rendicion de cuentas, para los Gobiernos Locales, las Mancomunidades Municipales, las Sociedades de Beneficencia Publica y los Institutos Viales Provinciales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Contabilidad Publica 1045598-1

Aprueban emisiones de Letras del Tesoro Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2014-EF/52.01 MORDAZA, 31 de enero del 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 68° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico esta autorizada a efectuar la emision y colocacion de Letras del Tesoro Publico; Que, asimismo, el Articulo 70° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563 establece que las emisiones de Letras del Tesoro Publico se aprueban por resolucion directoral de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 7° de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano 2014, el monto MORDAZA de saldo adeudado al 31 de diciembre de 2014, por la emision de las Letras del Tesoro Publico, no puede ser mayor a la suma de S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de acuerdo con el Cronograma del Programa de Subastas Ordinarias de Titulos del Tesoro, publicado como Anexo N° 2 de la "Estrategia de Gestion Global de Activos y Pasivos", aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 157-2013-EF/52, en la primera subasta de cada mes se realizara la colocacion de Letras del Tesoro con plazos a 3 (tres) meses y 9 (nueve) meses, siendo la suma de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto referencial de emision por cada MORDAZA de titulo; Que, la citada emision de instrumentos de deuda se realizara de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 051-2013-EF; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF y la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la emision de Letras del Tesoro Publico con plazo al vencimiento de 88 dias, por un monto referencial de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) con las siguientes caracteristicas:

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