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El Peruano Sábado 1 de febrero de 2014 515875 Emisor La República del Perú Unidad Responsable Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Plazo del instrumento 88 días Fecha de vencimiento 04 de mayo de 2014 Denominación Letras del Tesoro 04MAY2014 Moneda Nuevos Soles Monto referencial S/. 15 000 000,00 Valor Nominal S/. 100,00 Modalidad de subasta Subasta híbrida (de precios mixtos) Fecha de la subasta 04 de febrero de 2014 Fecha de liquidación 05 de febrero de 2014 Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interés Efectiva, base 30/360 Forma de emisión Al descuento Participantes de la subasta Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por el MEF Monto a pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro. Modalidad de pago Las Letras adjudicadas serán liquidadas a través de CAVALI S.A. ICLV utilizando en mecanismo de entrega contra pago. El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real del BCRP, a la cuenta centralizadora de CAVALI S.A. ICLV en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Perú Nº 11080102700100000000, a través del código de operación LBTR - C055, hasta las 16:00 horas de la fecha de liquidación. Pago del principal A través de CAVALI S.A. ICLV Unidades en circulación 373 040 unidades Artículo 2º.- Aprobar la emisión de Letras del Tesoro Público con plazo al vencimiento de 283 días, por un monto referencial de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) cuyas características son las siguientes: Emisor La República del Perú Unidad Responsable Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Plazo del instrumento 283 días Fecha de vencimiento 15 de noviembre de 2014 Denominación Letras del Tesoro 15NOV2014 Moneda Nuevos Soles Monto referencial S/. 15 000 000,00 Valor Nominal S/. 100,00 Modalidad de subasta Subasta híbrida (de precios mixtos) Fecha de la subasta 04 de febrero de 2014 Fecha de liquidación 05 de febrero de 2014 Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interés Efectiva, base 30/360 Forma de emisión Al descuento Participantes de la subasta Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por el MEF Monto a pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro. Modalidad de pago Las Letras adjudicadas serán liquidadas a través de CAVALI S.A. ICLV utilizando en mecanismo de entrega contra pago. El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real del BCRP, a la cuenta centralizadora de CAVALI S.A. ICLV en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Perú Nº 11080102700100000000, a través del código de operación LBTR - C055, hasta las 16:00 horas de la fecha de liquidación. Pago del principal A través de CAVALI S.A. ICLV Unidades en circulación 157 550 unidades Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LINARES PEÑALOZA Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público 1045595-1 EDUCACION Modifican el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado mediante R.M. N° 0091-2012-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 042-2014-MINEDU Lima, 30 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 9 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia entidad; señalando además, que dicha clasifi cación debe contar con los requisitos de los cargos y se realiza de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0091- 2012-ED, se aprobó el Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Educación, como documento técnico que establece la descripción de los cargos requeridos para el cumplimiento de la misión, objetivos, competencias y funciones que les corresponden a las instancias de gestión educativa descentralizada, en el marco del proceso de descentralización y modernización del Estado; Que, el numeral 5.1 de la Directiva N° 001-2013- SERVIR-GDSRH, denominada Normas para la Formulación del Manual de Perfi les de Puestos – MPP, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR-PE, establece que las acciones de elaboración de nuevos perfi les, aprobación y actualización de los perfi les de puestos servirá simultáneamente para actualizar o desarrollar el clasifi cador de cargos de la Entidad; Que, con Informe N°0026-2014-MINEDU/SG-OGA- UPER, la Unidad de Personal emite opinión favorable sobre los perfi les de puestos de los Directores de Sistema Administrativo IV de la Sede Central del Ministerio de Educación: Jefe de la Ofi cina de Coordinación Regional, Jefe de la Ofi cina General de Ética Pública y Transparencia, Jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional, Jefe de la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación, Jefe de la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo y Jefe de la Ofi cina de Infraestructura Educativa, señalando que los mismos cumplen con los requerimientos establecidos en la mencionada Directiva N° 001-2013-SERVIR-GDSRH; por lo que resulta necesario modifi car parcialmente el Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Educación en tales extremos; Que, con Informe N° 006-2014-MINEDU/VMGI-OAAE y Memorándum N° 0128-2014-MINEDU/VMGI-OAAE, la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación emite opinión favorable respecto de la coherencia y alineamiento de los perfi les de puestos antes mencionados, señalando que los mismos establecen requisitos diferentes a los dispuestos en el Clasifi cador de Cargos; recomendando además, la modifi cación del numeral 9 referido a los Cargos Clasifi cados, del Clasifi cador de Cargos del Ministerio de Educación; Que, el literal a) del artículo 80 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que la Unidad de Personal tiene la función de