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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (01/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Sábado 1 de febrero de 2014 515877 Otorgan concesión temporal a favor de EGASA, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de futura Central Hidroeléctrica Charcani VII RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 036-2014-MEM/DM Lima, 20 de enero de 2014 VISTO: El Expediente N° 21329813 sobre solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Charcani VII, presentado por EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE AREQUIPA S.A. - EGASA, persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000342 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Regional Región Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante documento presentado con fecha 26 de junio de 2013, bajo el registro N° 2305310, EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE AREQUIPA S.A. - EGASA presentó solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Charcani VII, para una potencia instalada estimada de 17,5 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93- EM; Que, la concesión temporal referida en el considerando que antecede se desarrollará en los distritos de Alto Selva Alegre y Cayma, provincia y departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, de conformidad con los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas aprobados mediante Resolución Ministerial N° 223- 2010-MEM/DM, se realizó el Taller Informativo el día 13 de diciembre de 2013, con la participación de los representantes de EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE AREQUIPA S.A. - EGASA, de la Dirección General de Electricidad y de las autoridades interesadas de la zona, con el objeto de informar a la población acerca del proyecto de la futura Central Hidroeléctrica Charcani VII; Que, mediante Informe N° 017-2014-DGE-DCE de fecha 08 de enero de 2014, se verifi có el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, recomendándose que se otorgue la concesión temporal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93- EM, y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006- EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE AREQUIPA S.A. - EGASA, que se identifi cará con el código N° 21329813, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Charcani VII, con una potencia instalada estimada de 17,5 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Alto Selva Alegre y Cayma, provincia de Arequipa y departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 229 945,81 8 193 940,99 2 234 234,80 8 196 461,51 3 234 990,75 8 195 175,16 4 230 701,76 8 192 654,64 Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1041171-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aceptan renuncia al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0015-2014-JUS Lima, 29 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0218-2012- JUS, se designó al señor Salvador Martín Herencia Carrasco en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al citado cargo, por lo que corresponde emitir la correspondiente Resolución de aceptación de renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011- 2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Salvador Martín Herencia Carrasco, al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a partir