Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2014 (01/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de las trabajadoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Milldred MORDAZA Quinones MORDAZA del 2 al 8 de febrero de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de las trabajadoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente (e) de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel, y Milldred MORDAZA Quinones MORDAZA, Jefe (e) de la Division de Valoracion de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoracion y Arancel, MORDAZA de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, del 2 al 8 de febrero de 2014, para que participen en la Trigesima Septima Reunion del Grupo de Expertos Gubernamentales en Valoracion Aduanera, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Bogota Distrito Capital, Republica de Colombia. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 132,74 Viaticos US $ 2 220,00 Senorita Milldred MORDAZA Quinones MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 132.74 Viaticos US $ 2 220,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las citadas trabajadoras deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de las trabajadoras cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1045116-1

El Peruano Sabado 1 de febrero de 2014

distintos a los comprendidos en el articulo 1° de la citada Ley, se efectua mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que por su parte, el articulo 6° de la referida Ley establece que la resolucion de designacion de funcionarios en cargos de confianza surte efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que asimismo, el articulo 7° de la indicada Ley dispone que mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el senalado articulo 1°; Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 019-2013/SUNAT se designo, entre otros, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que la citada trabajadora ha presentado su renuncia a la Institucion, habiendose considerado como ultimo dia de su vinculo laboral el dia 31 de enero de 2014; Que en tal sentido, corresponde aceptar la renuncia de dicha trabajadora y, en consecuencia, dar por concluido su vinculo laboral con la SUNAT, dejando sin efecto su designacion en el cargo de Gerente de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual es considerado de confianza, de acuerdo a la Resolucion de Superintendencia N.° 2042012/SUNAT y modificatorias, que aprueba el Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por los articulos 3° y 7° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, los incisos i) y u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dejandose sin efecto, desde el 1 de febrero de 2014, su designacion en el cargo de confianza de Gerente de Seguridad y Salud en el Trabajo. Articulo 2°.- Dar por concluido el vinculo laboral con la SUNAT de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 1 de febrero de 2014, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3°.- Encargar, a partir del 1 de febrero de 2014, al senor MORDAZA Shimabukuro Morikone, en el cargo de confianza de Gerente de Seguridad y Salud en el Trabajo, con retencion de su cargo como Gerente de Desarrollo de Personal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1045591-1

Aceptan renuncia, dejan sin efecto designacion y encargan funciones de Gerente de Seguridad y Salud en el Trabajo
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 032 -2014/SUNAT MORDAZA, 31 de enero de 2014

Reducen la tasa del regimen de retenciones del Impuesto General a las Ventas, establecido por la Resolucion de Superintendencia N° 037-2002/ SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 033-2014/SUNAT MORDAZA, 31 de enero de 2014 CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el articulo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargos de confianza Que el tercer parrafo del inciso c) del articulo 10° del Texto Unico Ordenado del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 055-99-EF y normas modificatorias dispone que las retenciones se efectuaran

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