Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

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ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACION DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO SECTOR I FUNDO LA MORDAZA ­ SEDE LA LOMA, DISTRITO DE HUARMACA, PROVINCIA DE HUANCABAMBA, REGION MORDAZA Articulo 1º.- DE LA CREACION: APROBAR, la creacion de la Municipalidad de CENTRO POBLADO SECTOR I FUNDO LA MORDAZA ­ SEDE LA LOMA, jurisdiccion del Distrito de Huarmaca, Provincia de Huancabamba, Region Piura. Articulo 2º.- DE LA SEDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO: ESTABLECER, como sede de la Municipalidad del Centro Poblado SECTOR I FUNDO LA MORDAZA, AL CASERIO LA LOMA. Articulo 3º.DE LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL: DETERMINAR, como circunscripcion territorial de la Municipalidad del Centro Poblado SECTOR I FUNDO LA MORDAZA, SEDE LA LOMA, en los siguientes limites: Por el Este, con el caserio MORDAZA MORDAZA y Monte Grande Bajo. Por el Oeste, con el caserio de Pueblo Nuevo. Por el Norte, con la Comunidad de Chalpa-Molulo Por el Sur, con la Quebrada de Ladrillo y la Quebrada El Sauce. La Municipalidad del Centro Poblado SECTOR I FUNDO LA MORDAZA, SEDE LA LOMA, comprende las siguientes localidades:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 CASERIO MORDAZA GRANDE MORDAZA DE PALTAMA LA LOMA SHAIN TALLA MARAYPAMPA FALSO CORRAL EL PROGRESO LA MORDAZA PALTAPAMPA SAHUATE MORDAZA MORDAZA - MORDAZA GRANDE - RAGRAPAMPA LOS TALLOS ANEXO EL OVERAL --------CHIRIMOYAL

Que, a traves del expediente con registro Nº 7886MPH/TD, de fecha 15 de noviembre del 2013, el Comite de Gestion Pro creacion de la Municipalidad de Centro Poblado Sector I Fundo La MORDAZA Sede La Loma, del distrito de Huarmaca, provincia de Huancabamba, region MORDAZA, solicitan la creacion de la citada Municipalidad de Centro Poblado, anexando para el efecto todos los requisitos que establece el Art. 129º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Gerente de Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, a traves del Informe Nº 267-2013-MPH-GAJ, menciona en el Analisis Legal, que las municipalidades de centro poblado son creadas por Ordenanza Municipal emitida por la Municipalidad Provincial, determinando ademas: (1) La delimitacion territorial, (2) El regimen de organizacion interior, (3) Las funciones que se le delegan, (4) Los recursos que se le asignan y (5) Sus atribuciones administrativas y economico tributarias, tal como lo establece el Articulo 128º de la Ley Organica de Municipales Nº 27972, evidenciandose que el expediente presentado por el Comite de Gestion cumple con todos los requisitos que exige el Art. 129º de la Ley 27972, opinando que se declare procedente la creacion del Centro Poblado Sector I Fundo La MORDAZA, Sede La Loma, distrito de Huarmaca, provincia de Huancabamba, region Piura; Que, es preciso senalar que las municipalidades de centros poblados se crean cuando las municipalidades provinciales o distritales no prestan algun servicio basico a un centro poblado distante de la MORDAZA MORDAZA o de dificil acceso. En estos casos la Ley Organica de Municipalidades permite que las municipalidades provinciales creen una municipalidad de centro poblado y se les delegue la competencia necesaria para que cumplan con prestar el servicio en su localidad, pero ello no significa que se les otorga la condicion de Gobierno Local ni autonomia; Que, de otro lado, el Articulo 133º de la Ley 27972 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales estan obligadas a entregar a las Municipalidades de Centros Poblados de su jurisdiccion, en proporcion a su poblacion y los servicios publicos delegados un porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el Gobierno Nacional para el cumplimiento de la prestacion de los servicios publicos delegados. La entrega o transferencia de recursos se efectuara en forma mensual, bajo responsabilidad del MORDAZA y del Gerente Municipal correspondiente. Las Municipalidades Provinciales y Distritales pueden incrementar las transferencias de recursos a las Municipalidades de Centros Poblados, previo acuerdo de sus Concejos Municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2007MPH-CM, de fecha 17 de Octubre de 2007, el Concejo Municipal de la Provincia de Huancabamba, aprueba el Reglamento para la Creacion y Adecuacion de las Municipalidades de Centros Poblados en la Provincia de Huancabamba; Que, el Concejo de la Municipalidad distrital de Huarmaca, a traves del Acuerdo de Concejo Nº 0542013-MDH, tomado en la sesion Ordinaria de fecha 12 de noviembre del 2013, dio la conformidad al expediente relativo a la creacion de la Municipalidad de Centro Poblado Sector I. Fundo La MORDAZA, Sede La Loma, Huarmaca ­ Huancabamba - Piura; Que, a traves del Dictamen Nº 008-2013/MPHC.E.P.C.I.C.T.I.A.L, con registro Nº 2956-CPH/A, de fecha 12 de diciembre del 2013, la Comision de Regidores de Economia, Presupuesto, Control de Inversiones, Cooperacion Tecnica Internacional y Asuntos Legales, recomendo que se apruebe la creacion del Centro Poblado del Sector I. Fundo La MORDAZA, Sede La Loma, distrito de Huarmaca, provincia de Huancabamba, Region Piura; Que, habiendo cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en la Ordenanza Municipal Nº 014-2007-MPH/CM, que aprueba el Reglamento para la Creacion y Adecuacion de las Municipalidades de Centros Poblados en la Provincia de Huancabamba; y, de conformidad a lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, en Sesion Extraordinaria Nº 025 del 13 de diciembre del 2013, por unanimidad con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal Provincial de Huancabamba aprobo la siguiente Ordenanza:

Articulo 4º.- DE LA ORGANIZACION INTERIOR: El regimen de organizacion interior de la Municipalidad del Centro Poblado SECTOR I FUNDO LA MORDAZA, SEDE LA LOMA, esta integrado por el Concejo Municipal como organo de deliberacion y decision; y, la Alcaldia como organo ejecutivo de administracion. 4.1.- El Concejo Municipal, que estara conformado por el MORDAZA y Regidores, elegidos democraticamente conforme a la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de las autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados y la Ordenanza Municipal que reglamenta el MORDAZA eleccionario correspondiente. El Concejo Municipal ejerce las funciones normativas y fiscalizadoras siguientes: 4.1.1 Aprobar el Regimen de su Organizacion Interior y su funcionamiento. 4.1.2 Aprobar el Reglamento del Concejo Municipal. 4.1.3 Aprobar, monitorear y controlar el plan de Desarrollo Institucional. 4.1.4 Declarar la vacancia o suspension de los cargos de MORDAZA y Regidor. 4.1.5 Constituir Comisiones Ordinarias y Especiales conforme a su Reglamento. 4.1.6 Aprobar el Balance y la Memoria Anual. 4.1.7 Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA, que en comision de servicios o en representacion, realice el MORDAZA, los Regidores o cualquier funcionario 4.1.8 Aprobar el Presupuesto Anual.

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