Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2014 (05/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Miercoles 5 de febrero de 2014

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Que, el Gobierno Local MORDAZA su Gestion en la Participacion Vecinal, acorde a lo dispuesto en la normatividad pertinente, por lo que deviene en tarea permanente consolidar los mecanismos de participacion de las organizaciones de la Sociedad Civil en procura de fortalecer la gobernabilidad democratica siendo necesario garantizar la continuidad del funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local del Distrito de Ate, cumpliendo oportunamente con la renovacion de los Representantes de la Sociedad Civil que lo integran; Que, el Decreto de Alcaldia Nº 001-2012-MDA, en su articulo 1º menciona que el tiempo de vigencia de los representantes de las Organizaciones Civiles ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital es por el periodo de MORDAZA 2012 a Marzo del 2014; Que, mediante Proveido Nº 170-2014-MDA/GM, la Gerencia Municipal senala se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, contando con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Planificacion y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- CONVOCAR A ELECCIONES; de los seis (06) Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ate, correspondiente al Periodo MORDAZA 2014 ­ Marzo 2016, a llevarse a cabo el MORDAZA 30 de Marzo del 2014, a partir de las 09:00 a.m. en las instalaciones del Centro Cultural, ubicado en la Carretera Central Km. 7.5. frente a Palacio Municipal del Distrito de Ate. Articulo 2º.- APROBAR; el Cronograma del MORDAZA de elecciones de los (6) Representantes de las Organizaciones Civiles ante el Consejo de Coordinacion Local del Distrito de Ate, correspondiente al periodo MORDAZA 2014 ­ Marzo 2016, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo Nº 01 el cual sera difundido en lugares visibles de la Municipalidad Distrital de Ate, en un medio de comunicacion de mayor circulacion en la localidad y en el MORDAZA Municipal (www.muniate,gob.pe). Articulo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planificacion, Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones y demas Unidades Organicas, adopten las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1046527-1

el Diario Oficial El Peruano y el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Puno. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para su promulgacion, en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Dado en MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA a los veintiocho dias del mes de noviembre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 1045692-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Convocan a Elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ate
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002 Ate, 30 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 013-2014-MDA/GP-SGPPE de la Sub Gerencia de Planes, Programas y Estadisticas; el Proveido Nº 170-2014-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participacion Vecinal en el Desarrollo Local; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su articulo 102º regula la organizacion y estructura del Consejo de Coordinacion Local Distrital, constituido por los integrantes del Concejo Municipal y los Representantes de la Sociedad Civil y es un organo de coordinacion y concertacion de las municipalidades Distritales, presidido por el MORDAZA, pudiendo delegarse esta funcion en el MORDAZA Alcalde; Que, el tercer parrafo del articulo 102º del referido MORDAZA legal establece que los Representantes de la Sociedad Civil son elegidos democraticamente por un periodo de dos (02) anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel Distrital que se hayan inscrito en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de Ate, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de tres (03) anos de actividad institucional comprobada. La eleccion de representantes sera supervisada por el organo electoral competente; Que, mediante Ordenanza Nº 190-MDA, se aprobo el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ate, cuyos Titulos III y IV reglamentan el Registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ate; Que, de conformidad con el articulo 12º de la Ordenanza Nº 190-MDA, es el MORDAZA quien mediante Decreto de Alcaldia convoca al MORDAZA eleccionario en mencion, con una anticipacion no menos de (30) dias calendario MORDAZA del vencimiento del mandato de dichos representantes;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Aprueban beneficios tributarios correspondientes al Ejercicio Fiscal 2014 por pronto pago en el Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 198-MSMM MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 24 de enero de 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion de Concejo Nº 01-2014-MSMM, celebrada en la fecha;

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