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El Peruano Miércoles 5 de febrero de 2014 516203 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 435-2014 Lima, 22 de enero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Credinka S.A. para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 951-2010 del 28 de enero de 2010, se autorizó a la Caja la apertura de una Ofi cina Especial ubicada en Jirón Tacna N° 510, distrito de Ayaviri, provincia de Melgar y departamento de Puno; Que, mediante Resolución SBS N° 4436-2010 del 17 de mayo del 2010, se autorizó a la Caja la conversión de la Ofi cina Especial Ayaviri a Agencia; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 6285-2013 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. el traslado de la agencia Ayaviri ubicada en el inmueble sito en Jirón Tacna N° 510, distrito Ayaviri, provincia de Melgar y departamento de Puno, a su nuevo local situado en Jirón Santa Cruz N° 132 – 136, distrito de Ayaviri, provincia de Melgar y departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1045711-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS N° 538-2014 Lima, 23 de enero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una Ofi cina Especial ubicada en el Jirón Ollanta Nº 130 de la fracción B, Urbanización Santa Ana, en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención y departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Ofi cina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Ofi cina Especial ubicada en el Jirón Ollanta Nº 130 de la fracción B, Urbanización Santa Ana, en el distrito de Santa Ana, provincia de La Convención y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1045928-1 Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. a operar con cajeros corresponsales RESOLUCIÓN SBS Nº 540-2014 Lima, 23 de enero de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. (en adelante, el Banco) para ampliar su red de cajeros corresponsales en la zona oriental del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 284-2006 de fecha 02 de marzo de 2006, esta Superintendencia autorizó a Financiera CMR S.A. a operar con Cajeros Corresponsales ubicados en los establecimientos comerciales de las empresas Saga Falabella S.A., Hipermercados Tottus S.A., Sodimac Perú S.A. y Boticas Fasa S.A., ello en virtud a lo dispuesto en el numeral 11.2 de la Circular F-0487-2005, el cual autorizaba a las empresas sólo para un determinado número de contratos de cajeros corresponsales, debiendo presentar una nueva autorización y si querían celebrar nuevos contratos. Que, mediante Resolución SBS Nº 1604-2006 del 01 de diciembre de 2006, esta Superintendencia autorizó la organización de la conversión de la Financiera CMR S.A., a empresa bancaria bajo la denominación de “Banco Falabella Perú S.A.”. Asimismo, mediante Resolución SBS Nº 760-2007 de fecha 11 de junio de 2007, se autoriza el funcionamiento de “Banco Falabella Perú S.A.” como una empresa bancaria; Que, mediante Resolución SBS Nº 6285-2013 de fecha 18 de octubre de 2013, esta Superintendencia aprobó un nuevo Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, (en adelante, el Reglamento); Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 3 del Reglamento, los Cajeros Corresponsales son puntos de atención que funcionan en establecimientos fi jos o móviles, pertenecientes a un operador, que es una persona natural o jurídica, diferente de las empresas que integran el sistema fi nanciero, que conforme a un acuerdo contractual y bajo responsabilidad de la empresa del sistema fi nanciero, pueden prestar las operaciones y servicios señalados en el Reglamento; Que, el numeral 6 del Reglamento, señala que las empresas del sistema fi nanciero podrán operar a través de los cajeros corresponsales a que se refi ere el numeral 3 del Reglamento, siempre que se cumpla con las condiciones y requerimientos que se indican en los anexos C y D del mismo; debiendo solicitar previamente