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El Peruano Sábado 8 de febrero de 2014 516394 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica - CONADIB RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0041-2014-MINAGRI Lima, 5 de febrero de 2014 VISTO: El Memorándum Nº 113-2014-MINAGRI- DGFFS(DGEFFS), de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0254- 2013-MINAGRI, se designó a la señora Rosario Trinidad Acero Villanes de Lares, entonces Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, y al señor Mario Illarik Tenorio Maldonado, profesional de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica - CONADIB, creada mediante Resolución Suprema Nº 227-93-RE; Que, por Resolución Ministerial Nº 0375-2013- MINAGRI, se aceptó la renuncia de la señora Rosario Trinidad Acero Villanes, al cargo de Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Memorándum Nº 113-2014-MINAGRI- DGFFS(DGEFFS) la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, solicita la designación de la señorita Fabiola Martha Muñoz Dodero, Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre y del señor Wagner Sánchez Lozano, profesional de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la mencionada Comisión Nacional; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y el Decreto Supremo Nº 007-2009-MINAM, que adecúa la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica - CONADIB a la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas por Resolución Ministerial Nº 0254-2013- MINAGRI, dándoseles las gracias a los representantes designados por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar como representantes del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica - CONADIB, creada mediante Resolución Suprema Nº 227-93-RE, a las siguientes personas: Titular: Fabiola Martha Muñoz Dodero, Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. Alterno: Wagner Sánchez Lozano, profesional de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría de la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica - CONADIB y a los representantes mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 1047493-1 DEFENSA Decreto Supremo que modifica y deroga diversas disposiciones de los Decretos Supremos Nº 028-DE/MGP, Nº 008- 2011-DE y Nº 045-DE/MGP DECRETO SUPREMO Nº 002-2014-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 54º, consagra que el Estado ejerce soberanía y jurisdicción en su dominio marítimo, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional; Que, el Decreto Legislativo Nº 1147, del 11 de diciembre de 2012, regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, que tiene entre sus funciones velar por la seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables; proteger el medio ambiente acuático; y reprimir las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción; Que, el Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028- DE/MGP, del 2 de junio de 2001, está vigente mientras no se expida el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147; Que, la Tabla de Multas de Capitanías del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 045-DE/MGP, del 23 de agosto de 2001, dispuso las multas a aplicarse por infracción a las disposiciones del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres; Que, el Sistema de Información y Monitoreo del Tráfi co Acuático (SIMTRAC), fue creado mediante Decreto Supremo Nº 008-2011-DE, del 9 de julio de 2011, para controlar el tráfi co acuático mediante un sistema de posicionamiento automático de naves, habiéndose aprobado su Reglamento a través de la misma norma; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el numeral 3) del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.-Modifíquese los artículos A-020201, A- 020202, A-020203, A-020204, A-020205, A-020206, A- 020207, D-010401, D-040201, D-040202, D-040203 y D-040206 del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP, los mismos que quedarán redactados con el texto siguiente: A-020201.- Operaciones de interdicción acuática Las unidades guardacostas o navales asignadas a la Autoridad Marítima Nacional, en el marco de