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El Peruano Sábado 8 de febrero de 2014 516397 VISTOS: Ofi cio Nº 024/AMA/2013, del 23 de marzo de 2013, de la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente a la República Oriental del Uruguay y el Ofi cio Nº 054/DIEDOC/C-5.c, del 13 de enero de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el Ofi cio Nº 024/AMA/2013, del 23 de marzo de 2013, el Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente a la República Oriental del Uruguay, remite los Cursos ofrecidos por el Ejército Argentino para el Año Fiscal 2014; Que, con Ofi cio Nº 054/DIEDOC/C-5.c, del 13 de enero de 2014, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Cadete I Año EP Martin Andrés ALVARADO PADRON, para que participe como representante del Ejército del Perú, en el Curso de Formación de Ofi ciales en el Colegio Militar de la Nación, en la Ciudad de Buenos Aires - República Argentina, del 10 de febrero de 2014 al 31 de diciembre de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete I Año EP Martin Andrés ALVARADO PADRON, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; en tanto contribuyen a la formación, capacitación y entrenamiento del personal del Ejército; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 10 de febrero al 31 de diciembre de 2014, se efectuará con cargo al Prepuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete I Año EP Martin Andrés ALVARADO PADRON, identifi cado con DNI Nº 73126760 y CIP Nº 125550900, de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para que participe como representante del Ejército del Perú, en el Curso de Formación de Ofi ciales en el Colegio Militar de la Nación, en la Ciudad de Buenos Aires - República Argentina, del 10 de febrero de 2014 al 31 de diciembre de 2017. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Buenos Aires (República Argentina) (clase económica) US$ 1,000.00 x 01 persona US$ 1,000.00 Gastos de traslado – ida: US$ 500.00 x 1 persona US$ 500.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 500.00/28 x 19 días x 01 persona (10 Feb – 28 Feb 14) US$ 339.28 US$ 500.00 x 10 meses x 01 persona (01 Mar – 31 Dic 14) US$ 5,000.00 Total a pagar : US$ 6,839.28 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por los días reales y efectivos, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El pago de la presente Misión de Estudios correspondiente a los años posteriores, se efectuará con cargo al Presupuesto del Año Fiscal que corresponda. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Cadete designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1048544-6 Autorizan viaje de personal militar y civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de aeronave que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2014-DE/ Lima, 7 de febrero de 2014