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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (08/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Sábado 8 de febrero de 2014 516405 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 57 973 699,00 ---------------------- TOTAL PLIEGO 004 57 973 699,00 ============ En Nuevos Soles PLIEGO 022 : Ministerio Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 94 523 379,00 ----------------------- TOTAL PLIEGO 022 94 523 379,00 ============= TOTAL EGRESOS 152 497 078,00 ============= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1048544-5 Renuevan designación de Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2014-EF Lima, 7 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 016-2011-EF de 9 de febrero de 2011, se designó al señor Carlos Augusto Salazar Romero como Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del OSCE, habiéndose aceptado su renuncia a dicho cargo con Resolución Suprema Nº 058-2011-EF. Así, en vista a la renuncia presentada, con Resolución Suprema Nº 059-2011-EF, de 22 de agosto de 2011, se designó a la señora Magali Fiorella Rojas Delgado como Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del OSCE, para completar el periodo de tres (3) años, el cual inició el 9 de febrero de 2011; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y modifi cada con Ley Nº 29873, dispone en su artículo 60 que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, cuyos miembros son designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, asimismo, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado con Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10 y modifi cado con Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, establece que el Presidente Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva, titular del Pliego y representante legal del OSCE, designado con Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, por un período de tres (3) años renovables por un periodo adicional; Que, en ese sentido, estando próximo a concluir el período de tres años antes indicado, se estima conveniente renovar por un periodo adicional, la designación del Presidente Ejecutivo del OSCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada con Decreto Legislativo Nº 1017 y en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado con Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Renovar a partir del 10 de febrero de 2014, la designación de la señora Magali Fiorella Rojas Delgado como Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, por un periodo adicional. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1048544-8 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 003-2014-EF/15.01 Lima, 7 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía;