Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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RESOLUCION SUPREMA N° 036-2014-JUS MORDAZA, 14 de febrero de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 025-2014/ COE-TC, del 11 de febrero de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica Italiana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 20 de enero de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Expediente Nº 042014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 025-2014/COE-TC, del 11 de febrero de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica Italiana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 24 de noviembre de 1994; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de MORDAZA MORDAZA Guillen; y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1051302-14

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

Acceden a solicitud de ampliacion de extradicion activa de ciudadano peruano y disponen su MORDAZA al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2014-JUS MORDAZA, 14 de febrero de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N. º 112- 2013/ COE-TC, del 04 de octubre de 2013, sobre la solicitud de ampliacion de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal Para Procesados en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N. º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a estas atribuciones la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 18 de marzo de 2013, declaro procedente la solicitud de ampliacion de extradicion activa al Reino de Espana, del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 35-2013); Que, el literal "a" del articulo 28º de la Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y Traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, que se acceda o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 112-2013/COE-TC, del 04 de octubre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo Nº 70-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de MORDAZA de 2011, que eleva de 60 dias a 80 dias el plazo para presentar el cuaderno de extradicion; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliacion extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal Para Procesados en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

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