Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2014 (16/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA 16 de febrero de 2014

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Que, el numeral 37.4 del articulo 37° de El Reglamento establece que: "en caso que un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV que cuente con "Conformidad de Inicio de Operaciones", solicite el cambio de MORDAZA de una o mas linea(s) de inspeccion tecnica vehicular o la ampliacion de las mismas, la solicitud de autorizacion debera contener los requisitos senalados en el numeral 37.1 literales a), c), e), f), h), k), m) y n) en los casos que corresponda"; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 008-2014MTC/15.03.A.A.vh, en el cual se concluye que El CITV, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el numeral 37.4 del Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C. la ampliacion de dos (02) Lineas de Inspeccion de MORDAZA Mixta, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modificatorias. Articulo Segundo.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C., debera obtener la "Conformidad de Inicio del Servicio de Inspeccion Tecnico Vehicular para dos lineas de MORDAZA Mixta" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar el Certificado de Homologacion de Equipos, el Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C. renovar oportunamente la Carta Fianza y la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontractual contratada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1048951-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a CEDIVE S.A.C. la ampliacion de lineas de inspeccion de MORDAZA mixta, de acuerdo al D.S. Nº 0252008-MTC
RESOLUCION DIRECTORAL N° 109-2014-MTC/15 MORDAZA, 8 de enero de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 148646 y 183983, presentados por la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C., a traves de los cuales solicita autorizacion para ampliacion de dos (02) Lineas de Inspeccion de MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Av. Japon S/N (antes Av. Bertello) con MORDAZA A ­ Provincia Constitucional del Callao, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, en adelante El Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolucion Directoral N° 297-2011MTC/15, de fecha 24 de enero de 2011 y publicada el 29 de MORDAZA del mismo ano, se autorizo por el plazo de cinco (05) anos a la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV, en adelante El CITV, para operar con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular MORDAZA Mixta en el local ubicado en la Av. Japon (antes Av. Bertello) S/N con MORDAZA A, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2812-2011MTC/15 de fecha 26 de MORDAZA de 2011 (rectificada con Resolucion Directoral N° 3447-2011-MTC/15), se modifica la autorizacion de la empresa CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CEDIVE S.A.C. otorgada mediante Resolucion Directoral N° 2972011-MTC/15, al haber variado el area de su planta de CITV a 4954.72 m2 y la distribucion del local ubicado en la Av. Japon (antes Av. Bertello) S/N con MORDAZA A, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante el Parte Diario N° 148646 de fecha 11 de octubre de 2013 El CITV, solicita autorizacion para ampliacion de dos (02) Lineas de Inspeccion de MORDAZA Mixta en su calidad de Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular; Que, mediante Oficio N° 7831-2013-MTC/15.03 de fecha 26 de noviembre de 2013 y notificado el 23 de diciembre de 2013, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por El CITV, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles a fin de que subsane adecuadamente los defectos advertidos y mediante Parte Diario N° 183983 de fecha 11 de diciembre de 2013, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el considerando precedente; Que, el numeral 35.2 del articulo 35° del citado Reglamento establece (...) que "Un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular -CITV podra realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos livianos y pesados en una misma linea de Inspeccion Tecnica Vehicular, unicamente si esta es del MORDAZA mixta y el equipamiento acreditado cumple con las exigencias establecidas para tal efecto por la normativa vigente en la materia";

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