Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2014 (16/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

517102

El Peruano MORDAZA 16 de febrero de 2014

Autorizan a Bureau Veritas del Peru S.A. como entidad certificadora de conversion a gas licuado de petroleo y operar en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 411-2014-MTC/15 MORDAZA, 30 de enero de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 179679 de fecha 05 de diciembre del 2013 y 011511 de fecha 17 de enero del 2014, presentados por la empresa denominada BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., mediante los cuales solicita autorizacion para funcionar como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP, en el local ubicado en Av. MORDAZA Real N° 390, Oficina 1402, MORDAZA Central, Centro Comercial MORDAZA Real, en el Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos N°s. 005-2004-MTC, 014-2004MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 0062008-MTC, establece en el articulo 29 el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Licuado de Petroleo (GLP), a fin de que esta se realice con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante articulo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC que regula el "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo GLP", estableciendo en el numeral 5.2 el procedimiento y requisitos que deben reunir las Personas Juridicas para ser autorizadas como Entidades Certificadoras de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP, ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Parte Diario N° 179679 de fecha 05 de diciembre del 2013 la empresa BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., solicita autorizacion para funcionar como Entidad Certificadora de Conversion a GLP, senalando como direccion: Av. MORDAZA Real N° 390, Oficina 1402, MORDAZA Central, Centro Comercial MORDAZA Real, en el Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, con la finalidad de inspeccionar fisicamente los vehiculos convertidos a GLP o los vehiculos originalmente disenados para combustion a GLP (vehiculo dedicado, bicombustible o dual), certificar e instalar los dispositivos de control de carga que la Direccion General de Transporte Terrestre disponga al mismo, suministrar la informacion requerida a la Direccion General de Transporte Terrestre o a la entidad que esta designe como Administrador del Sistema de Control de Carga de GLP, inspeccionar anualmente a los vehiculos con sistema de combustion a GLP, asi como realizar la certificacion inicial y anual de los Talleres de Conversion a GLP autorizados por la Direccion General de Transporte Terrestre; Que, mediante Oficio N° 8550-2013-MTC/15.03 de fecha 27 de diciembre del 2013 y notificado el 02 de enero del 2014, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 011511 de fecha 17 de enero del 2014, La Empresa presenta diversa

documentacion a fin de subsanar las observaciones senaladas en el oficio citado en el considerando precedente; Que, de acuerdo al Informe Nº 158-2014-MTC/15.03. A.A.vh, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP; Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N°. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias y La Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP y operar en el local ubicado en Av. MORDAZA Real N° 390, Oficina 1402, MORDAZA Central, Centro Comercial MORDAZA Real, en el Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; por el plazo de dos (02) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Segundo.- Es responsabilidad de la empresa BUREAU VERITAS DEL PERU S.A. renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2005-MTC/15 y sus modificatorias durante la vigencia de la autorizacion: ACTO Primera renovacion de Carta Fianza Fecha de Vigencia 15 de diciembre del 2015

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa BUREAU VERITAS DEL PERU S.A. bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil profesional, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 06 de MORDAZA de 2014 06 de MORDAZA de 2015

En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del articulo 5 de la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2007MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- El ambito geografico de operacion de la empresa BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP, es a nivel Nacional. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos -

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