Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2014 (16/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA 16 de febrero de 2014

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mayor a 100m2 de area construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2014, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014. Articulo 4º.- APRUEBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2014, del 6% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2014, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de Centro Comercial, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2014, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2014. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadistica e Informatica y demas areas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTAR AL Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como la prorroga de la misma. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1051167-1

Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Administracion Tributaria, conforme a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optara por la decision administrativa que considere mas conveniente para el interes publico, dentro del MORDAZA que establece la Ley; Que con fecha 29 de diciembre de 2013, se publico en el Diario Oficial El Peruano tanto la Ordenanza Municipal Nº 309-MDS, que establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2014, asi como el Acuerdo de Concejo Nº 2758 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la misma que ratifico la Ordenanza MORDAZA senalada; Que, las areas competentes, mediante el Informe Nº 022-2014-SGAT-GR-MDS de fecha 15 de enero de 2014, el Memorandum Nº 127-2014-GR-MDS de fecha 23 de enero de 2014, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 045-2014-GAJ-MDS de fecha 27 de enero de 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 052-2014-GPPCI-MDS de fecha 24 de enero de 2014, emitido por la viabilidad tecnica, legal y presupuestal de la Ordenanza; Que, en ese sentido, resulta pertinente y necesario otorgar un beneficio de descuento por el pronto pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2014, a los contribuyentes puntuales que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2014; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional y Gerencia de Asesoria Juridica, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2014 Articulo 1º.- APRUEBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2014, del 15% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2014, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de MORDAZA Habitacion en general, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2014, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2014. Articulo 2º.- APRUEBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2014, del 12% del insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2014, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje de hasta 100m2 de area construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2014, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014. Articulo 3º.- APRUEBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, del 8% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2014, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Aprueban creacion de la Municipalidad del Centro Poblado de Mitupampa, jurisdiccion del Distrito de Sondorillo, provincia de Huancabamba, Region MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2013-MPH/CM EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial, en Sesion Extraordinaria Nº 027, de fecha 20 de diciembre del 2013, el Dictamen Nº 005-2013/MPH-C.E.P.C.I.C.T.I.A.L., emitido por la Comision de Regidores de Economia, Presupuesto, Control de Inversiones, Cooperacion Tecnica Internacional y Asuntos Legales, referido a la "Creacion de la Municipalidad del Centro Poblado MITUPAMPA, del Distrito de Sondorillo, Provincia de Huancabamba, Region Piura". CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son entidades basicas de organizacion territorial Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

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