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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (16/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

El Peruano Domingo 16 de febrero de 2014 517119 c) Sustitúyase el primer párrafo del numeral 3.5, de acuerdo al siguiente texto: “3.5. La Superintendencia podrá requerir información adicional que estime necesaria si a su criterio se hubieran producido modifi caciones en el perfi l de riesgo de la empresa supervisada, por el tiempo que hubiera transcurrido desde la última actualización. (...) 3. Vigencia La presente circular entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Atentamente, DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1051210-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Asignan responsable de remitir y coordinar ofertas de empleo de la Red de Salud de Huarochirí ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo U.E. RED DE SALUD DE HUAROCHIRI RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2014-UE RED DE SALUD DE HUAROCHIRI/DE Santa Eulalia, 21 de enero del 2014 VISTO: El Ofi cio Múltiple Nº 100-2013-MTPE/3/18 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 29 de octubre del 2013, memorando Nº 1296-2013-SE de fecha 26 de noviembre del 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictaron Disposiciones Reglamentarias de la ley Nº 27736, disponiendo en su artículo 2º que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante EL INFORME Ofi cio Múltiple Nº 100- 2013-MTPE/3/18 de vistos, se indica que para efectuar la publicación en el portal del Servicio Nacional del Empleo es necesario que el titular responsable de remitir las ofertas de empleo sea quien solicite la publicación de dichas ofertas, la cual deberá ser acreditada adjuntando la resolución mediante la cual se le designa como responsable de remitir las vacantes públicas ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo específi camente a la Dirección General del Servicio nacional del Empleo, según lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 29849; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 662-2013-PRES, de fecha 12 de setiembre del 2013, se designa al Doctor Milton Enrique Rodríguez Huerta en el cargo de Director Ejecutivo de la Red de Salud de Huarochirí de la Dirección Regional de Salud de Lima del Gobierno Regional de Lima, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la U.E. Red de Salud de Huarochirí, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2011- CR-RL, contando con el visto bueno de la Dirección de la Ofi cina de Administración, el visto bueno de la Unidad de Recursos Humanos y el visto bueno del Asesor Legal de la U.E. Red de Salud de Huarochirí; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ASIGNAR al abogado WALTER JAVIER GREEN RUESTAS, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Red de Salud de Huarochirí, como responsable de remitir y coordinar todas las ofertas de empleo que esta entidad pueda ofertar durante el año 2014, ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cualquiera fuera la modalidad o régimen de las mismas. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. MILTON E. RODRÍGUEZ HUERTA Director Ejecutivo Dirección Regional de Salud Red de Salud Huarochirí 1051108-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 359-MSI de la Municipalidad Distrital de San Isidro, que fija monto de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2014 ACUERDO DE CONCEJO Nº 224 Lima, 4 de febrero de 2014 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de febrero del 2014, el Ofi cio Nº 001-090-00007312 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº359-MSI de la Municipalidad Distrital de San Isidro, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de San Isidro aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal Nº 264-181-00000123 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Isidro prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 92.79% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión