Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2014 (16/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA 16 de febrero de 2014

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Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, establecio que los planos y memorias descriptivas fueron corregidos segun las observaciones emitidas por la SUNARP, generandose un MORDAZA Plano de Lotizacion signado con el Nº 0432013-SGHUE-GDU/MDA, ademas del Planeamiento Integral correspondiente, con el Plano Nº 037-2013SGHUE-GDU/MDA, aprobado mediante Resolucion Sub Gerencial Nº 1299 de fecha 18 de Noviembre del 2013, subsanando de esta manera las observaciones registrales, recomendandose emitir la Resolucion Rectificatoria correspondiente; Que, mediante Informe Nº 176-2013-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, senala que el predio materia de Habilitacion MORDAZA de Oficio se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 1107473 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, con fecha 16 de MORDAZA del 2013. La Asociacion de Vivienda 27 de MORDAZA puso en conocimiento que las observaciones han sido levantadas, por lo que eleva los actuados para su aprobacion correspondiente; Que, mediante Informe Nº 002-2014-MDA/GAJ de fecha 02 de Enero del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica estando al contenido del Informe Nº 1762013-MDA/GDU y la normativa vigente senala que: Los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio de conformidad con los Articulo VII y VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, igualmente que en su articulo 79º inciso 3, numeral 3.6 senala que son funciones especificas exclusivas de la municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso de suelo, entre otras, "Normar regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, Construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica (...)". En tal sentido, teniendo en cuenta que se ha cumplido con subsanar las observaciones tecnicas emitidas por la SUNARP, a la Habilitacion MORDAZA de Oficio declarada por Resolucion de Alcaldia Nº 0078, las modificaciones efectuadas deben ser aprobadas mediante Resolucion de Alcaldia, por lo que es de la opinion que es procedente que mediante Resolucion de Alcaldia se aprueben las modificaciones efectuadas a la Habilitacion MORDAZA de Oficio, del terreno de propiedad de la Asociacion de Propietarios de la Urbanizacion 27 de MORDAZA Etapa I y II; en cumplimiento de las observaciones emitidas por la SUNARP. Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones establece que las municipalidades declaran la habilitacion MORDAZA de los predios registralmente calificados como rusticos ubicadas en zonas consolidadas, que cuentan con edificaciones y servicios publicos domiciliarios; Que, mediante Ordenanza Nº 223-MDA modificada por Ordenanza Nº 292-MDA dictada por el Concejo Municipal de Ate, se establecio los requisitos para la declaracion de habilitado de oficio para los inmuebles calificados registralmente como rusticos que se encuentren ubicados en zonas urbanas y consolidadas con edificaciones y servicios publicos en el Distrito de Ate, encargando a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro la identificacion de estos predios que cumplan con las condiciones establecidas en la precitada Ordenanza; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29898, ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece el procedimiento de Habilitaciones Urbanas de Oficio, Articulo Unico, modificacion de los Articulos 2, 3, 5, y 24-A, 24-B, y 24C de la Ley 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por Ley 29476. Que, mediante Proveido Nº 001-2014/MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolucion de Alcaldia respectiva, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en uso de las facultades

Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Facultese al senor MORDAZA para que dicte normas complementarias si fuera necesario, asi como la prorroga mediante Decreto de Alcaldia, de los vencimientos establecidos en la presente Ordenanza, para lo cual debera contar con el informe previo de la Gerencia de Administracion Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1050796-1

Aprueban las modificaciones efectuadas a habilitacion MORDAZA de oficio de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0022 Ate, 15 de enero de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 176-2013-MDA/GDU, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 002-2014MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Proveido Nº 001-2014/MDA/GM, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 078, de fecha 18 de Enero del 2013 y su Rectificatoria Resolucion de Alcaldia Nº 0139 de fecha 12 de Marzo del 2013 se declaro Habilitado MORDAZA de Oficio el terreno con un area de 64,687.25 m2, correspondiente a la I Etapa que forma parte de un terreno con un area mayor de 74,421.95 m2 denominado Sub-Lote "E" que forma parte del Ex Fundo Inquisidor y MORDAZA Lote 2, MORDAZA Alta Sector "B", en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante esquela de observaciones emitida por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos advierte ciertas observaciones subsanables como la elaboracion de un Planeamiento Integral con fines de habilitar por etapas, correcciones en el Plano de Lotizacion y Memoria Descriptiva, la MORDAZA de documento privado con legalizacion notarial de firma de todos los copropietarios, al no constar en el titulo presentado que los copropietarios hayan solicitado la independizacion de los lotes, la MORDAZA de la valorizacion de las obras de Habilitacion MORDAZA, asimismo los titulos pendientes de inscripcion referidos a los actos de anotacion de demanda de anticipo de legitima y compra venta de acciones y derechos para proseguir con el tramite de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Que, ante las observaciones advertidas por Registros Publicos, se emitio la Resolucion Sub Gerencial Nº 12992013 MDA/GDU-SGHUE, de fecha 18 de Noviembre del 2013, aprobandose de acuerdo al Plano Nº 037-2013SGHUE-GDU/MDA el Planeamiento Integral con fines de Habilitar por Etapas; asimismo se subsanaron las demas observaciones senaladas por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos de Lima. Que, mediante Informe Nº 013-2013-SGHUE-GDU/ MDA/HBHR, el Area Tecnica de la Sub Gerencia de

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