Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2014 (16/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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conferidas por el Concejo Distrital de Ate mediante el articulo 4º de la Ordenanza Nº 223-MDA modificada por Ordenanza Nº 292-MDA y la Ley Nº 29898 Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR; las modificaciones efectuadas a la Habilitacion MORDAZA de Oficio, del terreno de propiedad de la Asociacion de Propietarios de la Urbanizacion 27 de MORDAZA Etapa I y II del Distrito de Ate subsanado mediante el Plano Nº 043-2013-SGHUEGDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion en sustitucion del Plano Nº 0382012-SGHUE-GDU-MDA, en merito de los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- SUSTITUIR; el Plano Nº 038-2012SGHUE-GDU-MDA, por el MORDAZA plano de lotizacion; Plano Nº 043-2013-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva, al haberse subsanado los errores materiales senalados por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos de Lima. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1050798-1

El Peruano MORDAZA 16 de febrero de 2014

Que, asimismo, mediante Ordenanzas Nºs. 123-MDJM y 124-MDJM, MORDAZA de fecha 17 de octubre del 2003, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales del Distrito de MORDAZA MORDAZA y el Reglamento Electoral de Juntas Vecinales que determina la realizacion del MORDAZA, respectivamente, las mismas que fueron modificadas por la Ordenanza N° 403 de fecha 25 enero del 2013. Que, habiendo vencido el periodo para el cual fueron elegidos los representantes de la Sociedad Civil, resulta necesario convocar a elecciones para elegir a sus reemplazantes, para lo cual debera expedirse el correspondiente Decreto de Alcaldia, conforme a lo dispuesto en el articulo 102 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, debiendo disponerse las acciones administrativas pertinentes para tal fin; Que, el articulo 116 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que los Concejos Municipales, a propuesta del MORDAZA, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria publica a elecciones; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCASE a: - Las organizaciones empresariales, productivas o sociales del distrito de MORDAZA MORDAZA a inscribir a sus respectivos Delegados en el Registro creado por Decreto de Alcaldia Nº 006-2003/MJM. - Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil entre los delegados legalmente acreditados de las Organizaciones de Nivel Distrital que se hayan inscrito en el Registro. El numero de representantes a elegir sera de cuatro (4) de los cuales uno debe representar al sector empresarial o productivo del distrito y el resto a las organizaciones sociales. - Los vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA de eleccion de las Juntas Vecinales Comunales, para el periodo 2014-2015. Articulo Segundo.- Para los fines de la inscripcion de su respectivo delegado en el registro referido en el Numeral 1.1. del Articulo precedente, las organizaciones de nivel distrital de MORDAZA MORDAZA deberan acreditar (a) personeria juridica y (b) un minimo de tres (3) anos de actividad institucional comprobada. Articulo Tercero.- DESIGNASE al Comite Electoral encargado de conducir el MORDAZA de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 135-MDJM y al Reglamento que aprobara, el mismo que estara integrado por los siguientes funcionarios municipales: · Gerente Municipal (Presidente). · Gerente de Planeamiento y Presupuesto (Secretario). · Sub Gerente de Participacion Vecinal (Vocal). Articulo Cuarto.- DESIGNASE al Comite Electoral encargado de conducir el MORDAZA de Elecciones de Juntas Vecinales conforme al Reglamento aprobado por Ordenanza Nº 124­MJM, el mismo que estara integrado por los siguientes vecinos: · Sr. MORDAZA Aranzaez Robilliard (Presidente). · Srta. MORDAZA Lainez MORDAZA de las MORDAZA (Secretario). · Sra. MORDAZA MORDAZA Radas de MORDAZA (Vocal). Articulo Quinto.- CONVOCAR a los Regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, a los representantes de la Sociedad Civil elegidos, y a los integrantes de las Juntas Vecinales Comunales elegidas, el dia 24 de MORDAZA del 2014, en el Palacio Municipal sito en Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui Nº 850, MORDAZA MORDAZA, a horas 18: 00 p.m. para la Instalacion y Juramentacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA MORDAZA y de las Juntas Vecinales Comunales 2014-2015. Articulo Sexto.- El Consejo de Coordinacion Local Distrital de MORDAZA MORDAZA asumira las funciones previstas

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Convocan a elecciones de representantes de la Sociedad Civil del distrito de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 27 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, el Memorandum Nº 047-2014-MDJM/A de fecha 27 de enero del 2014, remitido por el Despacho de Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, que forma parte del Bloque de Constitucionalidad, reconoce a las municipalidades como organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 2 del articulo 7 de la precitada Ley, establece como organo de Coordinacion de los Gobiernos Locales al Consejo de Coordinacion Local Distrital, el mismo que tiene, entre otras funciones coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital conforme lo dispone en el articulo 104 del mismo cuerpo legal; Que, por Ordenanza Nº 135-MJM del 23 de febrero de 2004, se aprobo el Reglamento que rige el funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local del Distrito de MORDAZA Maria; dicha MORDAZA se publico en el diario oficial El Peruano el 12 de marzo de 2004; Que, los articulos 7 y 8 de la MORDAZA precitada establecen que los delegados al Consejo de Coordinacion Local son elegidos democraticamente por un periodo de 02 anos y al termino de dicho periodo, mediante Decreto de Alcaldia se convocara a elecciones para elegir a los delegados correspondientes.

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