Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2014 (02/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Miercoles 2 de MORDAZA de 2014

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modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Conforme lo establece el numeral 27, del articulo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (LOM), el concejo municipal no podra conceder licencias simultaneamente a un numero mayor del 40% de los regidores, con la finalidad de asegurar el normal funcionamiento edil. 4. Con fecha 5 de junio de 2014 (fojas 002), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Canchis, presento su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 044-2014-CMMPC, de fecha 17 de junio de 2014 (fojas 012), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 5. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Canchis, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la LOM, corresponde convocar a Aydee MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 42090172, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Regional PAN, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Canchis, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Canchis, departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Aydee MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 42090172, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Canchis, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1104710-5

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 538-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00684 CAYLLOMA - MORDAZA MORDAZA, veintiseis de junio de dos mil catorce VISTO el Oficio N.° 126-2014-MPC-CH., presentado el 19 de junio de 2014 por MORDAZA MORDAZA Sarayasi Samayani, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Caylloma, departamento de MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salas. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N.° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion N.° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Conforme lo establece el numeral 27, del articulo 9 de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades (LOM), el concejo municipal no podra conceder licencias simultaneamente a un numero mayor del 40% de los regidores, con la finalidad de asegurar el normal funcionamiento edil. 4. Con fecha 5 de junio de 2014 (fojas 003), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Caylloma, presento su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo N.° 058-2014-MPC-Chivay, de fecha 13 de junio de 2014 (fojas 005 a 009), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 5. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Caylloma, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion N.° 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 24946900, candidato no proclamado de la alianza electoral Alianza por MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Caylloma, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 24946900, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia

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