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El Peruano Martes 8 de julio de 2014 527185 cinco días hábiles para interponer el medio impugnatorio citado, el mismo que venció el 17 de junio de 2014. Cuarto.- Que, en consecuencia, no habiéndose interpuesto medio impugnatorio alguno contra la contra la Resolución N° 065-2014-PCNM de 20 de marzo de 2014 que no ratifi ca a la doctora María Fabiola Ortega Saldaña, en el plazo legal establecido, aquella ha quedado consentida y, por tanto, surte todos sus efectos. Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo, en sesión de 26 de junio de 2014, por unanimidad de los Consejeros intervinientes, sin la presencia del señor Consejero Gonzalo García Nuñez; y, con las facultades conferidas por el artículo 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar consentida la Resolución N° 065-2014-PCNM de 20 de marzo de 2014, que resolvió no renovarle la confi anza a la doctora María Fabiola Ortega Saldaña y en consecuencia no ratifi carla en el cargo de Juez Especializado en lo Civil de Ica del Distrito Judicial de Ica, disponer su ejecución inmediata, notifi cándosele a la magistrada evaluada, cursándose ofi cio al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y disponiéndose su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese. PABLO TALAVERA ELGUERA Presidente 1106193-2 Declaran consentida la Res. Nº 068- 2014-PCNM, que resolvió no ratificar a magistrada en el cargo de Fiscal Provincial Mixta de Maynas del Distrito Judicial de Loreto RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 137–2014–CNM Lima, 26 de junio de 2014 VISTO: El expediente del proceso de evaluación integral y ratifi cación de la magistrada Luz Hortensia Loayza Suárez, Fiscal Provincial Mixta de Maynas del Distrito Judicial de Loreto, comprendida en la Convocatoria N° 004-2013-CNM; CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución N° 068-2014- PCNM de 20 de marzo de 2014, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura dispuso no renovar la confi anza a la doctora Luz Hortensia Loayza Suárez, en consecuencia, no ratifi carla en el cargo de Fiscal Provincial Mixta de Maynas del Distrito Judicial de Loreto. Segundo.-Que, el artículo 43° inciso a) del Reglamento del Proceso de Evaluación Integral y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 635-2009-CNM dispone que es un requisito del recurso extraordinario: “Ser presentado indefectiblemente dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de notifi cada la resolución de no ratifi cación, más el término de la distancia. No se admite prórroga del plazo”. Tercero.- Que, la resolución de no ratifi cación ha sido notifi cada a la doctora Luz Hortensia Loayza Suárez el 25 de abril de 2014, conforme se aprecia del cargo correspondiente que obra en el expediente del proceso a fojas 1836; y, vista la razón de la Dirección de Evaluación Integral y Ratifi cación y el informe del Área de Trámite Documentario y Archivo del Consejo Nacional de la Magistratura de fecha 25 de junio de 2014, que indican que la citada doctora no ha presentado el recurso impugnatorio a que se refi ere el artículo 43° inciso a) del Reglamento del Proceso de Evaluación Integral y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales y Ministerio Público, siendo que hasta la fecha de la presente resolución ha vencido en exceso el plazo de cinco días hábiles para interponer el medio impugnatorio citado, el mismo que venció el 5 de mayo de 2014. Cuarto.- Que, en consecuencia, no habiéndose interpuesto medio impugnatorio contra la contra la Resolución N° 068-2014-PCNM de 20 de marzo de 2014, que no ratifi ca a la doctora Luz Hortensia Loayza Suárez, en el plazo legal establecido, aquella ha quedado consentida y, por tanto, surte todos sus efectos. Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo, en sesión de 26 de junio de 2014, por unanimidad de los señores Consejeros intervinientes, sin la presencia del señor Consejero Gonzalo García Nuñez; y, con las facultades conferidas por el artículo 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar consentida la Resolución N° 068-2014-PCNM de 20 de marzo de 2014, que resolvió no renovarle la confi anza a la doctora Luz Hortensia Loayza Suárez y en consecuencia no ratifi carla en el cargo de Fiscal Provincial Mixto de Maynas del Distrito Judicial de Loreto, disponer su ejecución inmediata, notifi cándosele a la magistrada evaluada, cursándose ofi cio al Fiscal de la Nación y disponiendo su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese. PABLO TALAVERA ELGUERA Presidente 1106192-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de trabajador del JNE a México, para que participe en curso especializado sobre sistemas electorales y transmisión de resultados RESOLUCION Nº 105 -2014-P/JNE Lima, 7 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 15 de mayo de 2014, el Instituto Nacional Electoral (INE) de México, a través de su Centro Internacional de Capacitación e Investigación Electoral (CICIE), invitan al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones al Curso Especializado sobre Sistemas Electorales y Transmisión de Resultados para Autoridades Electorales de América Latina, que se celebrará del 07 al 11 de julio de 2014, en la ciudad de México; asimismo, le solicitan nombrar a un funcionario para que participe en dicho Curso; además, señala que el Centro Internacional de Capacitación e Investigación Electoral (CICIE) cubrirá los costos relativos a hospedaje, alimentación y transporte local. Que, mediante Carta de fecha 25 de junio de 2014, el Instituto Nacional Electoral (INE) de México, comunica al Dr. Fernando Rodríguez Patrón, Director del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, que ha sido seleccionado para participar en el Curso Especializado sobre Sistemas Electorales y Transmisión de Resultados para Autoridades Electorales de América Latina; asimismo, señala que el Centro Internacional de Capacitación e Investigación Electoral (CICIE) cubrirá los costos relativos a hospedaje, alimentación y transportación local. Que, mediante Memorando Nº 141-2014-OCRI/JNE, de fecha 26 de junio de 2014, la Directora de la Ofi cina de