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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2014 (10/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Jueves 10 de julio de 2014 527333 1.9 Saldos de Balance 226 188 1.9.1 Saldos de Balance 226 1881.9.1.1 Saldos de Balance 226 1881.9.1.1.1 Saldos de Balance 226 1881.9.1.1.1.1. Saldos de Balance 226 188 ----------- SUB - TOTAL INGRESOS 226 188 ----------- Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Rubro : 13 Donaciones y TransferenciasUnidad Ejecutora : 005 MC - Naylamp - Lambayeque 1.9 Saldos de Balance 476 033 1.9.1 Saldos de Balance 476 0331.9.1.1 Saldos de Balance 476 0331.9.1.1.1 Saldos de Balance 476 0331.9.1.1.1.1. Saldos de Balance 476 033 ----------- SUB - TOTAL INGRESOS 476 033 ------------ TOTAL INGRESOS 702 221 ======= EGRESOS En Nuevos SolesSección Primera : Gobierno Central Pliego : 003 Ministerio de CulturaUnidad Ejecutora : 001 Ministerio de Cultura - Administración GeneralCategoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProducto : 3999999 Sin ProductoActividad : 5002036. Gestión del Museo y Preservación de Bienes Culturales MueblesFuente de Financiamiento : 4 Donaciones y TransferenciasGastos Corrientes 2.3. Bienes y Servicios 203 628 ----------- SUB - TOTAL EGRESOS 203 628 ----------- Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 003 Ministerio de CulturaUnidad Ejecutora : 001 Ministerio de Cultura - Administración GeneralCategoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProducto : 3999999 Sin ProductoActividad : 5002192. Preservación del Patrimonio Cultural y Construcción de una Ciudadanía InterculturalFuente de Financiamiento : 4 Donaciones y TransferenciasGastos Corrientes 2.3. Bienes y Servicios 22 560 ---------- SUB - TOTAL EGRESOS 22 560 ---------- Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 003 Ministerio de CulturaUnidad Ejecutora : 005 MC - Naylamp - Lambayeque Categoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProducto : 3999999 Sin ProductoActividad : 5001074. Promoción de la Protección y Difusión del Patrimonio Histórico y CulturalFuente de Financiamiento : 4 Donaciones y TransferenciasGastos Corrientes 2.3. Bienes y Servicios 476 033 ----------- SUB - TOTAL EGRESOS 476 033 ----------- TOTAL EGRESOS 702 221 ====== Artículo 4°.- Codi fi cación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5°.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001 Administración General y a la Unidad Ejecutora 005 Naylamp – Lambayeque, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6°.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1108512-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a “La Apascha”, de las provincias de Paucar del Sarasara y Parinacochas, del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 059-2014-VMPCIC-MC Lima, 3 de julio de 2014Visto, el Expediente N° 027771-2013, y;CONSIDERANDO:Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº 28296, establece que “ Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural” ; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura - Ley Nº 29565, establece que “es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, asimismo el artículo 14 de la Ley antes indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaración, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Asociación Cultural “Sara Aymoray Raymi” solicitó declarar “La Apascha ” de las provincias de Paucar del Sarasara y Parinacochas, del departamento de Ayacucho, como Patrimonio Cultural de la Nación, al amparo de las normas vigentes, solicitud registrada en el Expediente N° 027771-2013;