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El Peruano Jueves 10 de julio de 2014 527348 de Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, designada mediante Resolución Nº 010-2014-SUSALUD/S, de fecha 02 de julio de 2014. En ejercicio de las facultades de las que está premunida la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud de conformidad con el numeral 4 del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158 y en concordancia con la Tercera de sus Disposiciones Complementarias Transitorias que establecen sus atribuciones de organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la institución así como la del ejercicio del cargo de Superintendente Nacional de Salud; y, De conformidad con lo establecido por los literales c), t) y cc) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en cuanto confi eren las facultades de organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Superintendencia, así como expedir resoluciones y otros dispositivos que por norma legal se establezca y ejecutar las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia. Con los vistos de los Encargados de las funciones de la Secretaría General, así como de las O fi cinas Generales de Gestión de las Personas y de Asesoría Jurídica; y, SE RESUELVE:Artículo 1.- MODIFICAR el artículo tercero de la Resolución de Superintendencia N° 085-2014-Superintendencia de Nacional de Salud/S, de fecha 10 de junio de 2014, en cuanto encarga transitoriamente las funciones de la O fi cina de Comunicación Corporativa, al señor CRESENCIO CHUQUI LUCIO, sustituyendo a este funcionario por la señora MAGALI LAÑAS UGAZ, quien asumirá transitoriamente funciones en la Ofi cina de Comunicación Corporativa, en adición a su cargo de Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, conforme a los considerandos de la presente resolución. Artículo 2.- PRECISAR que el encargo dispuesto por la presente resolución, tiene vigencia a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- PRECISAR que el encargo de funciones dispuesto por la presente resolución no genera gasto adicional a la Entidad, ni modi fi ca la categoría ni la remuneración laboral de la trabajadora mencionada en el Artículo 1° de la presente Resolución, quien continuará percibiendo los bene fi cios y derechos que actualmente tiene sin incremento alguno y se efectúa con cargo al presupuesto vigente de la Entidad. Artículo 4.- DISPONER que los encargados de las Funciones de la O fi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Gestión de las Personas implementen las medidas administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo 5.- DISPONER que el encargado de las Funciones de Secretaría General lleve a cabo las acciones complementarias que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a través de la O fi cina de Comunicación Corporativa; en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) a través de Intendencia de Investigación y Desarrollo; y, en el portal institucional (www.susalud.gob.pe) a través de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1107586-1 Encargan funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 018-2014-SUSALUD/S Lima, 03 de julio de 2014 VISTOS: El Informe N° 00041-2014/OGPER del 03 de julio de 2014 y el Informe N° 00038-2014/OGAJ del 02 de julio de 2014; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1158, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de junio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Salud, cuyo acrónimo es SUSALUD, derogándose el Decreto Supremo Nº 009-2011-SA que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; Que, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de SUSALUD, mediante Resolución de Superintendencia Nº 085-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 11 de junio de 2014, se dictaron medidas transitorias internas encargando funciones especí fi cas a determinados funcionarios de la institución, entre ellos, se encargó al señor M.C. Hernán Francisco Ramos Romero, Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro, las funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, así como de la Intendencia de Fiscalización y Sanción; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 007-2014-SUSALUD/S, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 02 de julio de 2014, se modi fi có el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 085-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S, en lo referido al encargo de las funciones de la Intendencia de Fiscalización y Sanción, sustituyendo al señor M.C. Hernán Francisco Ramos Romero, por la señora abogada Rosa Teresa Lusmila Ayllón Cabrera, quien asumirá transitoriamente dichas funciones; Que, mediante Memorándum Nº 00131-2014-SUNASA/ IRAR, de fecha 03 de junio de 2014, el señor M.C. Hérnan Francisco Ramos Romero solicita la reprogramación de su descanso físico vacacional, del 03 al 25 de julio de 2014, el mismo que ha sido aprobado por el entonces Secretario General; Que, el artículo 40° del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 015-2013-SUNASA/SG y modi fi catorias, establece que es facultad de la entidad la administración de su personal, por lo que le corresponde planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades del movimiento de su personal en el centro de trabajo, garantizando el respeto del nivel del cargo alcanzado por el empleado, la categoría remunerativa que ostenta y los demás derechos y garantías laborales, por cuanto el movimiento de personal se produce por necesidad de servicio, propendiendo a mejorar la productividad y el desarrollo de su personal. Son movimientos de personal, el reemplazo temporal, encargo, rotación y otros que permitan las normas vigentes; Que, estando a lo expuesto y a fi n de garantizar la buena marcha institucional, resulta pertinente encargar del 03 al 25 de julio de 2014, las funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización al señor Agustín Segundo Silva Vite, Asesor del Despacho de la Superintendencia, en razón de cumplir con el per fi l profesional requerido, conforme a lo informado por el Encargado de las funciones de la O fi cina General de Gestión de las Personas mediante Informe N° 00041-2014/OGPER; Con los vistos de los Encargados de las funciones de la Secretaría General, así como de las O fi cinas Generales de Gestión de las Personas y de Asesoría Jurídica; y, Estando a las facultades conferidas por el artículo 9° y literales d), h) y t) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-SA y artículo 44° del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 015-2013-SUNASA/SG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- ENCARGAR, del 03 al 25 de julio de 2014, las funciones de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización al señor AGUSTIN SEGUNDO SILVA VITE,