Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2014 (13/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Articulo 45º.- Causales de Nulidad Son causales de nulidad de la Funcionamiento las siguientes: Licencia de

El Peruano MORDAZA 13 de MORDAZA de 2014

1. Los establecidos en el articulo 10 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2. El incumplimiento de las condiciones tecnicas y de seguridad para el funcionamiento del establecimiento que dieron lugar al otorgamiento de la licencia de Funcionamiento (EXPOST). 3. El incumplimiento de lo senalado en la Declaracion Jurada presentada para solicitar la Licencia de Funcionamiento. 4. Incumplir con la conformidad de la zonificacion y compatibilidad de uso. La nulidad o la revocacion de las Licencias de Funcionamiento seran efectuadas sin perjuicio del inicio de las acciones penales y civiles, asi como la aplicacion de sanciones administrativas, a que hubiere lugar; Articulo 46º.- Clausura del establecimiento Declarada la revocatoria o nulidad de la Licencia de Funcionamiento se dispondra el cese de la actividad comercial, la clausura definitiva del establecimiento y, de ser el caso, la remocion de los elementos de publicidad instalados; De acuerdo a las caracteristicas del establecimiento comercial, debera considerarse la aplicacion de las sanciones establecidas en el articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 TITULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los procedimientos en tramite iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se adecuaran, a las normas establecidas en el presente dispositivo en el estado en que se encuentren. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Deroguense la Ordenanza Nº 29-2007MDLV y Decreto de Alcaldia Nº 9-2009-ALC/MLV y demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe los siguientes Anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza: ANEXO I: Formulario Solicitud ­ Declaracion Jurada para obtener: Licencia de Funcionamiento Normal Licencia de Funcionamiento Corporativa Licencia de Funcionamiento Cesionario En la modalidad individual o de forma conjunta con la Autorizacion de Instalacion de Elementos de Publicidad ANEXO II: Formulario Solicitud ­ Declaracion Jurada para cambio de datos en el registro de establecimiento: Cambio de Denominacion o Razon Social, Ampliacion, reduccion y/o cambio de giro, Ampliacion y/o reduccion del Area del establecimiento comercial. Cese de Actividades. ANEXO III: Formulario ­ Declaracion Jurada de Condiciones de Observancia de Condiciones de Seguridad. Quinta.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Economico, Subgerencia de Comercializacion, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Subgerencia de Defensa Civil, Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, Subgerencia de Tramite y Archivo, Gerencia de Presupuesto y Planeamiento el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 124-2011-MDLV que Aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de La MORDAZA y su modificatoria.

Sexta.- Disponer a Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del mismo y de sus respectivos Anexos en el MORDAZA institucional de la Municipalidad (www.munilavictoria.gob.pe), en el MORDAZA Transparencia del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el MORDAZA electronico de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ­ ONGEI (www.ongei.gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 1109217-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Regulan la instalacion y uso de elementos de seguridad en vias locales del distrito
ORDENANZA Nº 269-2014-MDPH Punta MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 0312-2014-MDPH--GDUyCT de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Control Territorial, el Informe Tecnico Nº 0012014-MDPH-GSC, de Gerencia de Seguridad Ciudadana y el informe Nº 092-2014-MDPH/OAJ de la Oficina de Asuntos Juridicos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 690-MML, que regula el uso de elementos de seguridad, delega a las municipalidades distritales, la facultad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de autorizar la interferencia de vias locales para los casos de instalacion de elementos de seguridad, dentro del MORDAZA establecido en la citada Norma; Que, conforme a lo senalado en el parrafo que antecede, es preciso regular el otorgamiento de Autorizaciones para la instalacion de elementos de seguridad en la jurisdiccion del distrito de Punta MORDAZA, dentro de los lineamientos contenidos en la Ordenanza Nº 690-MML de la Municipalidad Provincial de Lima. Por tal motivo, resulta necesario emitir las disposiciones legales pertinentes, a fin de lograr su correcta aplicacion; Que, en resguardo del derecho de los vecinos a cautelar su seguridad, sin afectar la intangibilidad de las areas publicas, el derecho de las personas al libre MORDAZA, la fluidez del MORDAZA peatonal y vehicular, el ornato; es necesario reglamentar el uso de elementos de seguridad, como rejas, plumas levadizas y casetas de vigilancia, en las vias locales del distrito de Punta Hermosa; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente:

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