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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2014 (13/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Domingo 13 de julio de 2014 527710 el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 –, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la presente Ordenanza aprueba el reglamento para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el distrito de La Victoria, y, sobre el particular, los órganos competentes del municipio han formulado recomendaciones que corresponden a aspectos formales, como la ampliación de giro comercial y la variación del área comercial. Asimismo, el proyecto hace precisiones en las defi niciones a efectos de no incurrir en barreras burocráticas; Que, mediante Informes Nº 471-2013-GAJ-MLV, Nº 486-2013-GAJ-MLV y Nº 548-2013-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica examinó el Proyecto de Ordenanza que aprueba el reglamento para el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento en el distrito de La Victoria, estimando que las modifi caciones propuestas por la Gerencia de Desarrollo Económico son de carácter técnico y no comprometen aspectos de fondo, por lo que corresponde remitir los actuados al Concejo Municipal para el análisis y debate pertinente; Que, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – , el Concejo Municipal de La Victoria por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la siguiente norma legal: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA FINALIDAD, OBJETO, PRINCIPIOS Y DERECHOS Artículo 1º.- Finalidad La presente Ordenanza regula el marco jurídico normativo así como los aspectos técnicos administrativos para la obtención, modifi cación y revocatoria de la Licencia Municipal de Funcionamiento para los establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios en el distrito de La Victoria, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 28976 Ley Marco de Licencia de Funcionamiento a efectos de lograr el desarrollo económico y el crecimiento comercial ordenado, el cual debe estar acorde con las necesidades de promoción empresarial y protección al vecino. Artículo 2º.- Objetivos Constituyen objetivos que orientan el presente cuerpo normativo: a. Impulsar el desarrollo de la economía local a través de la promoción de la inversión privada en el distrito de La Victoria, salvaguardando la salud pública y la seguridad de los vecinos. b. Promover la inversión en el distrito y fomentar la formalidad. c. Fomentar la competitividad de los establecimientos, además de velar por la adecuada prestación de servicios de calidad a los consumidores y usuarios. d. Flexibilizar, simplifi car, dotar de transparencia y celeridad a los procedimientos que son objeto de regulación en la presente Ordenanza, sin menoscabo del cumplimiento de las normas técnicas de seguridad y zonifi cación. e. Mejorar la calidad de los servicios administrativos municipales prestados en benefi cio de los agentes económicos y de la comunidad en su conjunto. Artículo 3º.- Principios Los procedimientos objeto de regulación de la presente Ordenanza se rigen por los principios rectores de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General con énfasis en los principios de razonabilidad, presunción de veracidad, verdad material y de privilegio de controles posteriores. Se presume que los solicitantes de Licencia Municipal de Funcionamiento: 1. Presentan formularios, formatos y/o declaraciones con información veraz, documentos ciertos y actúan de buena fe. 2. Conocen que, en caso de brindar información que no sea veraz y/o presentar documentación falsa o adulterada, burlen la buena fe de esta norma o cometan actos ilícitos tipifi cados penalmente, serán sancionados administrativamente, siendo pasibles de ser denunciados ante el Ministerio Público, además de iniciar las acciones civiles que hubiere lugar. 3. Entienden que la presunción de veracidad no tiene carácter absoluto pues la sola duda razonable que sobrevenga de la existencia de una prueba en contra, obligará a la administración a apartarse de la referida presunción, dando lugar a la inmediata verifi cación administrativa sin suspender, en ningún caso, la continuidad del proceso y el cumplimiento de los plazos establecidos en la presente ordenanza. 4. Conocen que, de detectarse que el certifi cado de Licencia Municipal de Funcionamiento fue obtenido de forma ilícita, se dispondrá la nulidad o revocación del mismo, se ordenará la clausura del establecimiento y de ser el caso se procederá a la remoción de los elementos de publicidad instalados. 5. Conocen que la tramitación de los procedimientos administrativos están sujetas al principio de privilegio de controles posteriores, para estos efectos la autoridad municipal requerirá la información y/o documentación sustentatoria, así también realizará las inspecciones inopinadas sobre actividades, establecimientos u objetos materia de autorización. 6. Conocen que el impedimento y/o resistencia a los procedimientos de control y fi scalización posterior sobre las actividades, establecimientos u objetos materia de autorización, dará lugar a la revocación de la Licencia de Funcionamiento otorgada, así como a la aplicación de las sanciones correspondientes. Articulo 4º.- Derechos de los solicitantes Son derechos de los solicitantes, los siguientes: 1. Obtener gratuitamente información sobre los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento, así como la información de la zonifi cación e índice de usos vigentes en el distrito de La Victoria. 2. Ser orientados e informados de manera gratuita, completa y veraz sobre el procedimiento. 3. Obtener sin costo alguno los formularios exigidos para el inicio de los procedimientos regulados en esta Ordenanza. 4. Informarse en cualquier momento sobre el estado de la tramitación de los procedimientos que hubieran iniciado. CAPÍTULO II DEFINICIONES Artículo 5º.- Defi niciones Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, se entiende por: 1. Solicitante. Persona natural o jurídica u otro ente colectivo, titular de uno o más procedimientos regulados en la presente Ordenanza. 2. Formulario de Solicitud Declaración Jurada. Formato que emite la autoridad municipal para que los