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El Peruano Domingo 13 de julio de 2014 527707 social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, el literal b) del artículo 9º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, dispone que, es fi n de la educación peruana contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afi rme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29719, Ley que Promueve la Convivencia Sin Violencia en las Instituciones Educativas, declara de necesidad la designación de, por lo menos un profesional en Psicología en cada Institución Educativa, encargado de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y de violencia entre los alumnos. La implementación de esta disposición se realiza en forma progresiva de acuerdo a la disponibilidad presupuestal cuyo plazo concluye en diciembre de 2012; asimismo en los literales b) y c) de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2012- ED, dispone que el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Educación o el que haga sus veces debe gestionar la incorporación de la Convivencia Democrática en los Proyectos Educativos Regionales, Locales, así como en los planes y programas educativos del Gobierno Regional; y, promover que las Unidades de Gestión Educativa Local incorporen en las instituciones educativas de su Jurisdicción la Convivencia Democrática en sus respectivos Proyectos Educativos Institucionales; Que, mediante Resolución Directoral Regional de Educación de Junín Nº 02490-DREJ, se resuelve aprobar la Directiva Nº 001-GRJ/DREJ-DGI que establece las “Normas y Orientaciones para la Asignación de Plaza para el Cargo de Psicólogo en las Instituciones Educativas Públicas de la Región Junín, mediante el proceso de Racionalización de Plazas Docentes”; con Opinión Legal Nº 334-2014- DREJ/OAJ, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud, opina Declarar Procedente la gestión a nivel del pliego y otras instancias a fi n de obtener el respaldo o ratifi cación del funcionamiento del Programa Regional “Un Psicólogo por Colegio” asimismo, realizar las gestiones necesarias a nivel del Pliego y otras instancias a fi n de obtener el respaldo al proceso de creación, conversión o adecuación de 59 plazas docentes excedente a plazas de profesionales de la salud en el cargo de psicólogos ubicadas en las Unidades Ejecutorias: 300 Educación Junín, 301 Educación Tarma, 302 Educación Satipo y 303 Educación Chanchamayo, que incluye las 12 UGELs en el ámbito de las 9 provincias de la Región; Que, con Informe Nº 043-2014-DREJ/DGI-RAC.II, el Director de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Educación, recomienda gestionar el respaldo del funcionamiento del programa regional “Un Psicólogo por Colegio” y la creación, conversión o adecuación de las 59 excedentes a plazas de profesionales de la salud “Psicólogos”; y, con Informe Legal Nº 247-2014-GRJ/ORAJ la Directora de las Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye que, es procedente que el Consejo Regional apruebe mediante Ordenanza Regional, respaldar el funcionamiento del Programa Regional “Un Psicólogo por Colegio” asimismo, el proceso de adecuación de 59 plazas docentes excedentes a plazas de profesionales de la salud – Psicólogo – ubicadas en las Unidades Ejecutorias: 300 Educación Junín, 301 Educación Tarma, 302 Educación Satipo y 303 Educación Chanchamayo – jurisdicción de la Dirección Regional de Educación Junín que incluye las 12 UGELS en el ámbito de las 9 provincias de la región, así como el de encargar al Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Ofi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información y de la Dirección Regional de Educación, ejecutar todas las acciones necesarias ante los organismos del Ejecutivo Nacional, para concretizar el proceso señalado; Que, el literal l) y n) del artículo 129º del Reglamento Interno del Consejo Regional dispone que, corresponde a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional, referidas a la fi nalidad, misión y las funciones específi cas Regionales relacionadas a documentos de gestión y reestructuración orgánica y reorganización administrativa; Que, contando con el Dictamen Nº 007-2014-GRJ/ CPPPATyDI favorable, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE RESPALDA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA REGIONAL “UN PSICÓLOGO POR COLEGIO” Artículo Primero.- RESPALDAR el funcionamiento del programa regional “Un Psicólogo por Colegio” aprobado por la Dirección Regional de Educación Junín, mediante Resolución Directoral Regional de Educación de Junín Nº 02490-DREJ. Artículo Segundo.- RESPALDAR el proceso de adecuación de 59 plazas docentes excedentes a plazas de profesionales de la salud – Psicólogo – ubicadas en las Unidades Ejecutorias: 300 Educación Junín, 301 Educación Tarma, 302 Educación Satipo y 303 Educación Chanchamayo – jurisdicción de la Dirección Regional de Educación Junín que incluye las 12 UGELS en el ámbito de las 9 provincias de la región. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Ofi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, y de la Dirección Regional de Educación, ejecutar todas las acciones necesarias ante los organismos del Ejecutivo Nacional, para concretizar el proceso señalado en el segundo artículo de la presente Norma Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 23 días del mes de abril de 2014. SILVIA EDITH CASTILLO VARGAS Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 9 días del mes de mayo de 2014. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente 1109394-1 Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Junín ORDENANZA REGIONAL Nº 179-2014-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 13 días del mes de mayo de 2014, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, los literales a) y e) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales disponen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car