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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2014 (13/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Domingo 13 de julio de 2014 527701 así como del video de la entrevista que se encuentra en los archivos de este Consejo, desprendiéndose que su recurso obedece a su disconformidad con lo resuelto, lo que de ninguna manera constituye afectación al debido proceso. Décimo.- Que, se advierte que la resolución que no ratifi ca en el cargo al magistrado Marco Antonio Luque Chaiña contiene el debido sustento fáctico y jurídico respecto de la evaluación integral realizada conforme a los parámetros objetivos establecidos por el Reglamento de Evaluación Integral y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, de manera que la decisión unánime adoptada por el Pleno del Consejo de no renovarle la confi anza responde a los elementos objetivos en ella glosados y que corresponden a la documentación obrante en el expediente, por lo que no se acredita la presunta afectación al debido proceso que alega el recurrente, máxime si la resolución que se impugna ha sido emitida en estricta observancia de las normas constitucionales, legales y reglamentarias que establecen los lineamientos a seguir en los procesos de evaluación integral y ratifi cación, en cuyo trámite se evalúan, en forma integral y conjunta, factores de conducta e idoneidad, los cuales el magistrado evaluado debe satisfacer copulativamente, y que son apreciados por cada Consejero teniendo en cuenta todos y cada uno de los elementos objetivos que aparecen del proceso, a fi n de expresar su voto de confi anza o de retiro de la misma, habiéndose garantizado al magistrado evaluado, en todo momento, el ejercicio irrestricto de su derecho al debido proceso. Décimo Primero.- Que, de la revisión del expediente de evaluación integral del recurrente, así como de la resolución impugnada, se concluye que los argumentos del recurso extraordinario presentado resultan reiterativos, no desvirtúan los fundamentos de la recurrida y mucho menos acreditan la afectación a su derecho al debido proceso, habiéndose garantizado en todo momento una evaluación objetiva, pública y transparente, dejándose constancia que se le otorgó al magistrado evaluado todas las garantías del caso para el acceso al expediente, derecho de audiencia, asistencia de su abogado defensor e interposición de los recursos previstos reglamentariamente, concluyendo el proceso con la emisión de una resolución debidamente motivada que responde a la objetividad de lo actuado y a los parámetros de evaluación previamente establecidos, no existiendo en consecuencia vulneración del debido proceso, tal como aparece en el expediente de evaluación respectivo. En consecuencia, estando a lo acordado por unanimidad del Pleno del Consejo, en sesión de 15 de abril del año en curso, sin la participación del señor Consejero Pablo Talavera Elguera, en virtud de las consideraciones precedentes y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 47° del Reglamento de Evaluación Integral y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 635-2009- CNM; SE RESUELVE: Artículo único.- Declarar infundado el recurso extraordinario interpuesto por don Marco Antonio Luque Chaiña contra la Resolución N° 628-2013-PCNM, que no lo ratifi có en el cargo de Fiscal Provincial Mixto de Huancané del Distrito Judicial de Puno. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS MAEZONO YAMASHITA GASTON SOTO VALLENAS VLADIMIR PAZ DE LA BARRA GONZALO GARCIA NUÑEZ LUZ MARINA GUZMAN DIAZ MAXIMO HERRERA BONILLA 1108830-2 Nombran Fiscal Superior Mixto de Sicuani, Distrito Judicial de Cusco RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 141-2014-CNM Lima, 3 de julio de 2014 VISTO: El Informe N° 043-2014-CPSN-CNM de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento, mediante el cual eleva el cuadro de méritos de los Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 003-2012-SN/CNM, Concurso Público para cubrir plazas vacantes de Fiscales Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicó con fecha 30 de mayo de 2013, los cuadros de aptos de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 003- 2012-SN/CNM, conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4 de la Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Fiscal de la Nación, mediante Oficio N° 261-2013-MP-FN de 24 de mayo de 2014, con el que adjunta el Oficio N° 3396-2013-MP-FN-OREF, informó de la existencia de una plaza vacante de Fiscal Superior Mixto de Sicuani en el Distrito Judicial de Cusco; Que, asimismo, el señor Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cusco, mediante Ofi cio N° 1306-2014-MP-FN-PJFS-CUSCO/ PRE del 16 de mayo de 2014 remitió el reporte emitido por la Ofi cina de Gestión de Indicadores del referido Distrito Judicial, sobre la carga laboral existente en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Sicuani, informando que dicha Fiscalía conoce mayoritariamente sobre casos penales; con lo cual en aplicación de los artículos 64° y 66° inciso 6) del Reglamento de Concursos aprobado por Resolución N° 049-2014- CNM del 28 de febrero de 2014, corresponde someter a votación el nombramiento de los Candidatos en Reserva en dicha plaza, en el marco de la Convocatoria N° 003-2012-SN/CNM; Que, el Pleno del Consejo, en sesión de 3 de julio de 2014, teniendo en cuenta el correspondiente Cuadro de Méritos de los Candidatos en Reserva para dicha plaza, y en aplicación de los artículos 64° y 66° inciso 6) del referido reglamento, procedió al nombramiento de un Fiscal Superior Mixto de Sicuani en el Distrito Judicial de Cusco; disponiendo que la proclamación, juramentación y entrega de título, se realice en acto público; Que, en cumplimiento del acuerdo adoptado y en uso de las facultades conferidas por los artículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Política del Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Ley de Carrera Judicial; el artículo 21° incisos a) y d) y el artículo 37° incisos b), d), f) y g) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura -Ley N° 26397; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Cusco: 1. IVAN JESUS LOO SU FISCAL SUPERIOR MIXTO DE SICUANI Segundo.- Proceder a la proclamación, juramentación y entrega del título de nombramiento, en acto público del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copia de la presente resolución, al señor Fiscal de la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO TALAVERA ELGUERA Presidente 1108829-1