Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2014 (13/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 13 de MORDAZA de 2014

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asi como del video de la entrevista que se encuentra en los archivos de este Consejo, desprendiendose que su recurso obedece a su disconformidad con lo resuelto, lo que de ninguna manera constituye afectacion al debido proceso. Decimo.- Que, se advierte que la resolucion que no ratifica en el cargo al magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contiene el debido sustento factico y juridico respecto de la evaluacion integral realizada conforme a los parametros objetivos establecidos por el Reglamento de Evaluacion Integral y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, de manera que la decision unanime adoptada por el Pleno del Consejo de no renovarle la confianza responde a los elementos objetivos en MORDAZA glosados y que corresponden a la documentacion obrante en el expediente, por lo que no se acredita la presunta afectacion al debido MORDAZA que alega el recurrente, MORDAZA si la resolucion que se impugna ha sido emitida en estricta observancia de las normas constitucionales, legales y reglamentarias que establecen los lineamientos a seguir en los procesos de evaluacion integral y ratificacion, en cuyo tramite se evaluan, en forma integral y conjunta, factores de conducta e idoneidad, los cuales el magistrado evaluado debe satisfacer copulativamente, y que son apreciados por cada Consejero teniendo en cuenta todos y cada uno de los elementos objetivos que aparecen del MORDAZA, a fin de expresar su MORDAZA de confianza o de retiro de la misma, habiendose garantizado al magistrado evaluado, en todo momento, el ejercicio irrestricto de su derecho al debido proceso. Decimo Primero.- Que, de la revision del expediente de evaluacion integral del recurrente, asi como de la resolucion impugnada, se concluye que los argumentos del recurso extraordinario presentado resultan reiterativos, no desvirtuan los fundamentos de la recurrida y mucho menos acreditan la afectacion a su derecho al debido MORDAZA, habiendose garantizado en todo momento una evaluacion objetiva, publica y transparente, dejandose MORDAZA que se le otorgo al magistrado evaluado todas las garantias del caso para el acceso al expediente, derecho de audiencia, asistencia de su abogado defensor e interposicion de los recursos previstos reglamentariamente, concluyendo el MORDAZA con la emision de una resolucion debidamente motivada que responde a la objetividad de lo actuado y a los parametros de evaluacion previamente establecidos, no existiendo en consecuencia vulneracion del debido MORDAZA, tal como aparece en el expediente de evaluacion respectivo. En consecuencia, estando a lo acordado por unanimidad del Pleno del Consejo, en sesion de 15 de MORDAZA del ano en curso, sin la participacion del senor Consejero MORDAZA Talavera MORDAZA, en virtud de las consideraciones precedentes y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 47° del Reglamento de Evaluacion Integral y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 635-2009CNM; SE RESUELVE: Articulo unico.- Declarar infundado el recurso extraordinario interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N° 628-2013-PCNM, que no lo ratifico en el cargo de Fiscal Provincial Mixto de Huancane del Distrito Judicial de Puno. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MAEZONO YAMASHITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1108830-2

Nombran Fiscal Superior Mixto de Sicuani, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 141-2014-CNM MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Informe N° 043-2014-CPSN-CNM de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, mediante el cual eleva el cuadro de meritos de los Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 003-2012-SN/CNM, Concurso Publico para cubrir plazas vacantes de Fiscales Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publico con fecha 30 de MORDAZA de 2013, los MORDAZA de aptos de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 0032012-SN/CNM, conforme a lo previsto por el articulo 65°, numeral 65.4 de la Ley de MORDAZA Judicial; Que, el senor Fiscal de la Nacion, mediante Oficio N° 261-2013-MP-FN de 24 de MORDAZA de 2014, con el que adjunta el Oficio N° 3396-2013-MP-FN-OREF, informo de la existencia de una plaza vacante de Fiscal Superior Mixto de Sicuani en el Distrito Judicial de Cusco; Que, asimismo, el senor Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, mediante Oficio N° 1306-2014-MP-FN-PJFS-CUSCO/ PRE del 16 de MORDAZA de 2014 remitio el reporte emitido por la Oficina de Gestion de Indicadores del referido Distrito Judicial, sobre la carga laboral existente en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta de Sicuani, informando que dicha Fiscalia conoce mayoritariamente sobre casos penales; con lo cual en aplicacion de los articulos 64° y 66° inciso 6) del Reglamento de Concursos aprobado por Resolucion N° 049-2014CNM del 28 de febrero de 2014, corresponde someter a votacion el nombramiento de los Candidatos en Reserva en dicha plaza, en el MORDAZA de la Convocatoria N° 003-2012-SN/CNM; Que, el Pleno del Consejo, en sesion de 3 de MORDAZA de 2014, teniendo en cuenta el correspondiente Cuadro de Meritos de los Candidatos en Reserva para dicha plaza, y en aplicacion de los articulos 64° y 66° inciso 6) del referido reglamento, procedio al nombramiento de un Fiscal Superior Mixto de Sicuani en el Distrito Judicial de Cusco; disponiendo que la proclamacion, juramentacion y entrega de titulo, se realice en acto publico; Que, en cumplimiento del acuerdo adoptado y en uso de las facultades conferidas por los articulos 150° y 154° inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, y los articulos 14° y 65.4 de la Ley de MORDAZA Judicial; el articulo 21° incisos a) y d) y el articulo 37° incisos b), d), f) y g) de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura -Ley N° 26397; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Cusco: 1. MORDAZA MORDAZA LOO SU FISCAL SUPERIOR MIXTO DE SICUANI Segundo.- Proceder a la proclamacion, juramentacion y entrega del titulo de nombramiento, en acto publico del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiendose MORDAZA de la presente resolucion, al senor Fiscal de la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TALAVERA MORDAZA Presidente 1108829-1

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