Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

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dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Oficial Superior, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 8°.- El citado Oficial Superior, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la normativa de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1091995-3

Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roncal, CIP. 01885455, DNI. 09673033, como Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de MORDAZA de 2014 al 1 de MORDAZA de 2016, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan al Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos (Ida): MORDAZA - MORDAZA D.C. (Estados Unidos de America) US$. 1,800.00 x 4 personas (titular, esposa e hijos) US$.

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 129-2014-EF

7,200.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 se aprobo, entre otros, el Presupuesto del Pliego 006 Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para realizar acciones durante el Ano Fiscal 2014 que permitan brindar la atencion oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitar la infraestructura publica danada, asi como reducir los probables danos que pueda generar el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnicocientifico competente; Que, los literales c) y d) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada, establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mencion, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones (hoy Direccion General de Inversion Publica), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el articulo 4 de la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos

Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$. 6,930.00 x 6 meses (julio - diciembre 2014) US$. 41,580.00 Gastos de Traslado (Ida): (equipaje, menaje e instalacion) US$. 6,930.00 x 2 compensaciones US$. 13,860.00 TOTAL A PAGAR: US$. 62,640.00 Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensacion Extraordinaria Mensual durante el periodo de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aereos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Comision Especial en el Exterior, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de

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