Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

524500
Informe Nº 139-2014-MINEDU/SPE-UP, senala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales para financiar el referido costo diferencial del pago de los conceptos MORDAZA citados; Que, en el MORDAZA de lo indicado en el considerando precedente, mediante Oficio N° 0826-2014-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educacion solicita la aprobacion del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor de los Gobiernos Regionales para financiar el costo diferencial del pago de la Asignacion por Tiempo de Servicios, la Compensacion por Tiempo de Servicios, asi como el Subsidio por Luto y Sepelio; Que, la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, mediante el Memorando N° 320-2014-EF/53.01, senala que de acuerdo a la base de datos remitida por el Ministerio de Educacion, se determina que el monto a transferir a los Gobiernos Regionales asciende a la suma de CATORCE MILLONES SETECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 721 256,00), para financiar el costo diferencial del pago de la Asignacion por Tiempo de Servicios, la Compensacion por Tiempo de Servicios, asi como del Subsidio por Luto y Sepelio; Que, corresponde autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de CATORCE MILLONES SETECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 721 256,00), a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial del pago de la Asignacion por Tiempo de Servicios, la Compensacion por Tiempo de Servicios, asi como del Subsidio por Luto y Sepelio, en el MORDAZA de lo dispuesto en el literal a) del articulo 4 de la Ley N° 30175; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y la Ley N° 30175, Ley para el Financiamiento de Actividades en materia de Salud, Educacion, Trabajo y Otros en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, del Pliego Ministerio de Educacion, a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de CATORCE MILLONES SETECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 721 256,00), para financiar el costo diferencial del pago de la Asignacion por Tiempo de Servicios, la Compensacion por Tiempo de Servicios, asi como el Subsidio por Luto y Sepelio, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales TOTAL EGRESOS

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

12 333 256,00 2 388 000,00 14 721 256,00

======== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo "Costo Diferencial de la Asignacion por Tiempo de Servicios, Compensacion por Tiempo de Servicios y Subsidio por Luto y Sepelio" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Los Pliegos habilitados por el presente Decreto Supremo remitiran MORDAZA de la citada resolucion al Ministerio de Educacion. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1091995-1

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 026 : Programa Educacion Basica para Todos ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000667 : Desarrollo de la Educacion Secundaria de Menores FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 14 721 256,00 TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO 14 721 256,00 =========== En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales ACTIVIDAD

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento rural
DECRETO SUPREMO N° 131-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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