Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

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CONSIDERANDO: Que, el Suboficial de 2da. FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDA, fue evacuado del CEVRAEM el dia 30 de octubre de 2010, a consecuencia de haber sufrido una caida de aproximadamente veinte (20) metros de altura, con perdida de conocimiento y amnesia, presentando el diagnostico de "SECUELA DE TRAUMATISMO VERTEBRO MEDULAR (T09.3) ­ VEJIGA NEUROGENETICA (N31.9)"; Que, con las Resoluciones Supremas Nº 010-2013DE/ de fecha 07 de enero de 2013, Nº 173-2013-DE/ FAP de fecha 01 de MORDAZA de 2013, Nº 540-2013-DE/ FAP de fecha 02 de octubre de 2013 y Nº 045-2013DE/FAP de fecha 31 de enero de 2014, se autorizaron los viajes al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado, del Suboficial de 2da. FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDA y un acompanante, para que se realice la primera, MORDAZA y tercera fase respectivamente, del tratamiento de Terapia Electroneuromedular en la Clinica del Dr. MORDAZA Font De MORDAZA, ubicada en el Municipio de San MORDAZA, Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Que, mediante la Carta de fecha 18 de marzo de 2014, el Dr. MORDAZA Font De MORDAZA, recomienda que el Suboficial de 2da. FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDA, continue con la cuarta fase del tratamiento de Terapia Electroneuromedular, como parte de su MORDAZA de recuperacion; asimismo, informa que el referido tratamiento iniciara el 09 de junio del 2014 y tiene una duracion de siete (07) semanas; Que, de acuerdo a lo solicitado por el Suboficial de 2da. FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDA, realizara la cuarta fase del tratamiento de Terapia Electroneuromedular en la Clinica del Dr. MORDAZA Font De MORDAZA, ubicada en el Municipio de San MORDAZA, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en compania de la senorita MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 09 de junio al 27 de MORDAZA de 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia del Suboficial de 2da. FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDA durante la totalidad del referido tratamiento medico, resulta necesario autorizar su salida del MORDAZA con dos (02) dias de anticipacion, asi como su retorno dos (02) dias despues de la fecha programada, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 7782008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 "Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa", establece que el Personal Militar en Situacion de Disponibilidad o Retiro cuya lesion o afeccion ha sido contraida en Accion de MORDAZA o en Acto, con ocasion o como consecuencia del Servicio y cuyo estado de salud requiera necesariamente Tratamiento Medico Altamente Especializado, podra ser evacuado al extranjero, sujeto a disponibilidad presupuestal, para lo cual debera contar previamente con el peritaje medico e informe de la Junta de Sanidad de la Institucion Armada respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector

05 de junio de 2002 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 024-2009DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Senor Viceministro de Politicas para la Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA LONCHARICH, identificado con DNI Nº 06765121, para que participe en la Conferencia "La Defensa y los Recursos Naturales", II Reunion del Grupo de Trabajo responsable de este tema dentro del CDS y un Taller sobre la disponibilidad y potencialidades de los recursos naturales estrategicos de la region, que se realizara en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA entre los dias 9 y 11 de junio de 2014; autorizando su salida del MORDAZA el 8 y el retorno el 12 de junio de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 370.00 x 1 persona x 4 dias x 40% US$ 592.00 TOTAL: US$ 592.00

Articulo 3º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais; asimismo, dentro del mismo plazo el personal Militar y/o Civil cumplira con presentar la sustentacion de viaticos, conforme a lo establecido en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047 ­ 2002-PCM. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1091994-2

Autorizan viaje de suboficial FAP y acompanante a Puerto Rico, para recibir tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION SUPREMA N° 237-2014-DE/FAP MORDAZA, 3 de junio de 2014 Visto el Acta de la Junta Medica de Peritaje Nº 00362012 de fecha 12 de MORDAZA de 2012, el Acta de la Junta Medica Intersanidades Nº 0046 ­ 2012 de fecha 19 de setiembre de 2012, la Carta de fecha 18 de marzo de 2014 del Dr. MORDAZA Font De MORDAZA y la Solicitud de fecha 07 de MORDAZA de 2014 del Suboficial de 2da. FAP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDA.

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