Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo; asi como, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 30114. Articulo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1091995-2

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

Que, por Decreto Supremo N° 318-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo del 1° de enero hasta el 30 de junio de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 31 de MORDAZA de 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo 5 201

Del 16/05/2014 al 31/05/2014

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economia 1091604-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica en linea de transmision ubicada en el departamento de MORDAZA a favor de Electronoroeste S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2014-EM MORDAZA, 3 de junio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 14303212 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentado por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00110544 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral Nº I Sede MORDAZA, Oficina Registral de Piura; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 60 kV S.E.T. Sechura - S.E.T. MORDAZA, ubicada en el departamento de MORDAZA, provincia y distrito de Sechura, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 2352009-MEM/AAE, de fecha 03 de MORDAZA de 2009, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 60 kV S.E. Sechura - S.E. Constante; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 011-2014-EF/15.01 MORDAZA, 3 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia;

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