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El Peruano Lunes 9 de junio de 2014 524932 COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS JUNIO – AGOSTO 2014 (*) Monto en Nuevos Soles 93,316 (*) Actualización para el trimestre junio – agosto 2014 en base a la Variación IPM diciembre 1998 – mayo 2014: 1.50510318 Atentamente, SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1093806-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban donación dineraria que será destinada a la electrificación de Planta Chancadora y de Asfalto ACUERDO REGIONAL Nº 071-2014-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 02 de Junio del 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, el Ejecutivo Regional a través del Ofi cio N° 903- 2014-GRA/SG, solicita que por Acuerdo Regional se apruebe una Donación Dineraria conforme al detalle señalado en el Convenio N° 146-2011-GRA/PR y el Ofi cio N° 034-2014-GRA/GRTC; Donantes Compañía de Minas Compañía Minera Buenaventura SAA; Bateas SAC Monto en dólares $ 42,234.66 $ 18,443.06 Monto en soles S/. 114, 075.82 S/. 47,675.31 Total en dólares $ 60,677.72 Total en soles S/. 161,751.13 Donatario Gobierno Regional de Arequipa (Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones). Finalidad Electrifi cación de la Planta Chancadora y de Asfalto a todo costo, que está ubicada en el kilómetro 19 de la Panamericana Sur. Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley 28411/ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, deben ser aprobadas por Acuerdo Regional, para lo cual debe consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo observar dos formalidades: ((a)) cuando el monto de la donación supera las (05) Unidades Impositivas Tributarias, el Acuerdo Regional aprobatorio debe ser publicado tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, como en la Página Web institucional; ((b)) cuando el monto de la donación sea inferior a las 05 Unidades Impositivas Tributarias, entonces, el Acuerdo Regional aprobatorio debe publicarse en ambos casos dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobado, bajo responsabilidad; Que, por estas consideraciones, y, al amparo de la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi catorias; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero: APROBAR la donación dineraria efectuada por las Compañías Mineras Buenaventura SAA, por la suma de Cuarenta y dos mil doscientos treinta y cuatro con 66/100 dólares americanos ($ 42,234.66 que al cambio del día son: S/ 114,075.82 nuevos soles) y Minera Bateas SAC, por el monto de Dieciocho mil cuatrocientos cuarenta y tres con 06/100 dólares americanos ($ 18,443.06 dólares americanos que al cambio del día son: S/. 47,675.31 nuevos soles), haciendo un total de Ciento sesenta y un mil setecientos cincuenta y uno con 13/100 nuevos soles (S/ 161,751.13 nuevos soles), donación dineraria que es destinada a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, según el Convenio N° 146-2011-GRA/ PR, Cláusula Tercera, punto 1 en la Electrifi cación de la Planta Chancadora y de Asfalto a todo costo, que está ubicada en el kilómetro 19 de la Panamericana Sur. Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Arequipa, ordene el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y/o servidores públicos involucrados por dilación del procedimiento de aceptación de la donación materia del presente acuerdo. Tercero: Disponer la publicación de la presente norma regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” en el plazo de 05 días hábiles de aprobado. Asimismo, su publicación en la página web institucional. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa Consejo Regional 1093391-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Exoneran el 50% del derecho de pago de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, de la Autorización para la Ubicación de Anuncios Publicitarios y Colocación de Toldos, establecidos en el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2014 Callao, 27 de mayo de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto