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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (09/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Lunes 9 de junio de 2014 524926 atribuye a la regidora María del Carmen Román Gonzales haber ejercido injerencia en la contratación de Jesús Enrique Tucto, quien sería su supuesto yerno, y por ende, su pariente en primer grado de afi nidad, como trabajador municipal, para que este labore en la Municipalidad Provincial de Maynas, en los meses de abril y mayo de 2012, en la división de Serenazgo y Vigilancia Municipal, adscrita a la Gerencia de Servicios Municipales de la citada entidad edil. 4. Con relación al primer elemento, este Supremo Tribunal Electoral ha precisado que las relaciones de convivencia no suponen la existencia de un vínculo de parentesco, así como tampoco la existencia de un hijo entre dos personas (Resolución Nº 693-2011-JNE). Por tanto, a fi n de demostrar si en el presente caso se ha confi gurado un acto de nepotismo, es indispensable que esté acreditada la existencia de un vínculo matrimonial entre la hija de la regidora cuestionada, Eily Jiovana Murrieta Román, y el citado trabajador, Jesús Enrique Tucto. 5. Sobre el particular, en autos no está probado que Eily Jiovana Murrieta Román, hija de la regidora María del Carmen Román Gonzales, guarde vínculo de matrimonio con Jesús Enrique Tucto. Esto por cuanto si bien la hija de la autoridad edil cuestionada, con el citado trabajador, han concebido a dos menores (fojas 32 a 33), no obstante, en el expediente bajo análisis no obra acta de matrimonio que demuestre que entre tales personas existe un vínculo matrimonial, hecho que se corrobora con lo manifestado por el propio recurrente, tanto en su solicitud de vacancia como en su recurso de apelación, al señalar que entre los antes mencionados existe una relación de convivencia. De esta forma, la existencia de dos hijos entre el referido trabajador y la hija de la cuestionada regidora, no genera una relación de parentesco por afi nidad en razón de matrimonio, conforme se advierte del siguiente gráfi co: Eily Jiovana Murrieta Román María del Carmen Román Gonzales Hija Regidora Contratado Jesús Enrique Tucto Menor de iniciales J.B.T.M. Menor de iniciales J.M.T.M. Hijos No existe vínculo matrimonial REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN