Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2014 (11/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Miercoles 11 de junio de 2014

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POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los dos dias del mes de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente Regional Gobierno Regional MORDAZA 1095087-1

establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 247-2012/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 17 de noviembre de 2012, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora - Educacion: Unidad de Gestion Educativa Local de Ayabaca (UGEL - AYABACA); Que, mediante Ordenanza Regional Nº 248-2012/GRPCR, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 17 de noviembre de 2012, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora ­ Educacion Nº 305: Unidad de Gestion Educativa Local de Paita (UGEL ­ PAITA); Que, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, a traves de los Informes Nº 053-2014/GRP410300 y Nº 061-2014/GRP-410300 del 10 y 23 de MORDAZA de 2014, respectivamente, emitio opinion favorable con respecto a la aprobacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras ­ Educacion: UGEL-Paita y UGEL- Ayabaca; Que, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, mediante los Informes Nº 1176-2014/GRP-460000 y Nº 1177-2014/GRP460000 del 30 de MORDAZA de 2014, emitio opinion favorable con respecto a la aprobacion de las propuestas de los precisados documentos de gestion institucional; y, con Informe Nº 0272014/GRP-200010-ACCR del 15 de MORDAZA de 2014, el Equipo de Apoyo a Comisiones concluye por la procedencia de la aprobacion de los indicadas propuestas; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 05 - 2014, de fecha 28 de MORDAZA del 2014, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS MORDAZA PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LAS UNIDADES EJECUTORAS ­ EDUCACION DE LAS UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCALES: UGEL-PAITA Y UGEL-AYABACA Articulo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora - Educacion Nº 305: Unidad de Gestion Educativa Local de Paita (UGELPaita), cuya descripcion y clasificacion de los 38 (treinta y ocho) Cargos Necesarios esta contenida en el Formato Nº 01 denominado: "Cuadro para Asignacion de Personal"; y, Formato Nº 02, denominado: "Resumen Cuantitativo", el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora - Educacion de la Unidad de Gestion Educativa Local de Ayabaca (UGEL-Ayabaca), cuya descripcion y clasificacion de los 36 (treinta y seis) Cargos Necesarios esta contenida en el Formato Nº 01 denominado: "Cuadro para Asignacion de Personal"; y, Formato Nº 02, denominado: "Resumen Cuantitativo", el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementacion de la presente Ordenanza Regional; y, a la Secretaria General, el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 17º del Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Crean el Programa "Techo Verde" en el distrito de Ate
ORDENANZA Nº 342-MDA Ate, 29 de MORDAZA de 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de MORDAZA de 2014, visto el Dictamen Nº 001-2014-MDA/C.SERV.C. de la Comision de Servicios a la Ciudad; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 22) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, consagra el derecho que tiene toda persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; mandato constitucional concordante a su vez con el articulo decimo del titulo preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que exige a las municipalidades la promocion del desarrollo local, en coordinacion con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion, esto es, elevar la calidad de MORDAZA, indicador que se encuentra estrechamente vinculado con la calidad del ambiente; Que, para cumplir con este cometido, la MORDAZA invocada, provee entre otras herramientas ambientales, las clasificadas en el numeral 3.2) y 3.4) del articulo 80º como funciones exclusivas de las municipalidades distritales, destinada, una, a regular y controlar el aseo, higiene, y salubridad en las viviendas, establecimientos comerciales, industriales, escuelas, piscinas, y lugares publicos locales, y, otra, destinada a fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente, entendiendo aquella como el conjunto de condiciones o influencias que rodean un lugar y este, como todo lo que afecta al ser vivo y condiciona especialmente su existencia; Que, el articulo 13º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente prescribe que la gestion ambiental es un MORDAZA permanente y continuo, constituido por un conjunto estructurado de principios, normas tecnicas, procesos y actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con el objetivo de la politica ambiental, que no es otro que asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA y proteger el ambiente, cuyo vinculo con la cultura es fundamental, tanto es asi que el articulo 69º de la misma MORDAZA, senala que constituye parte de la cultura de los pueblos, la relacion entre los seres humanos y el ambiente en el cual viven, mas

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