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El Peruano Miércoles 11 de junio de 2014 525062 fi scal efi ciente y oportuno; en ese sentido, debe expedirse el resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial Mixta de Barranca, en Fiscalía Provincial de Prevención del Delito, con competencia en la Provincia de Barranca. Artículo Segundo.- Disponer que la carga que viene conociendo la Fiscalía Provincial Mixta de Barranca, sea reasignada entre la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Barranca, Primera y Segunda Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Barranca. Artículo Tercero.- Ampliar la competencia de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Barranca, para prevenir e investigar en adición a sus funciones, los casos por delitos ambientales, previstos en el Título XIII, del Libro Segundo, del Código Penal; en la Provincia de Barranca, así como, la prevención en delitos de Tránsito y Seguridad Vial. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, conforme a lo establecido en el artículo 77°, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a distribuir y regular la carga procesal de las Fiscalías Provinciales mencionadas en el artículo anterior. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AMÉRICO RAMOS HEREDIA Fiscal de la Nación 1095165-1 Incorporan el Primer Despacho Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, a la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de corrupción de Funcionarios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2163-2014-MP-FN Lima, 6 de junio de 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 001-2011-MP- FN-JFS de fecha 12 de enero de 2011, la Junta de Fiscales Supremos, creó plazas fi scales con carácter permanente, para implementadas en el nuevo Código Procesal Penal, en el Distrito Fiscal de Lima, sólo para los delitos cometidos por funcionarios públicos; asimismo, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 031-2011-MP-FN de fecha 12 de enero de 2011, se convirtieron y delimitaron la competencia de los referidos despachos fi scales acorde a la nueva estructura de organización fi scal; Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1833-2012-MP-FN de fecha 18 de julio de 2012, se convirtió la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en la lucha contra la corrupción de funcionarios, para que se avoquen al conocimiento de casos que revistan gravedad, complejidad y que tengan repercusión nacional; Que, como consecuencia de los acontecimientos que se vienen suscitando en la Región Ancash, se dispuso que la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, se avoque al conocimiento investigaciones complejas relacionadas con presuntos actos de corrupción que involucran a la gestión pública de las autoridades del citado Gobierno Regional; Que, en ese contexto, resulta necesario adoptar medidas urgentes y necesarias a efectos de reforzar la presencia del Ministerio Público, con el objeto de optimizar el cumplimiento de la labor Fiscal y dar solución a esta problemática y brindar un mejor servicio a la ciudadanía, generando de esa manera, una respuesta anticipada a los ilícitos, medida que es adoptada dentro de la política criminal del Estado, y específi camente, del Ministerio Público; Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y oportuno; en ese sentido, debe expedirse el resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar el Primer Despacho Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, con todo su personal Fiscal y Administrativo, a la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Disponer que la carga laboral que venía conociendo el Primer Despacho Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, sea redistribuida, en forma equitativa, entre la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, conforme a lo establecido en el artículo 77°, literal g) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a distribuir y regular la carga procesal de las Fiscalías Provinciales mencionadas en el artículo anterior. Artículo Cuarto.- Facultar al Fiscal Superior Coordinador de la Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y al Gerente General del Ministerio Público, en cuanto sea de su competencia, para que adopten las acciones correspondientes para la debida organización, instalación y funcionamiento de los Despachos respectivos. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AMÉRICO RAMOS HEREDIA Fiscal de la Nación 1095165-2