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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (11/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Miércoles 11 de junio de 2014 525054 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, concordante con el artículo 7º del Reglamento General de Coordinación Interuniversitaria, la Asamblea Nacional de Rectores está conformada por los Rectores de las universidades públicas y privadas del país; Que, la Asamblea Universitaria de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle nombra como Rector de la mencionada universidad al Dr. Vladimiro Del Castillo Narro por el periodo de cinco (05) años, a partir del 06 de mayo de 2014 al 05 de mayo de 2019; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar y registrar la fi rma del señor Rector de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, Doctor Vladimiro Del Castillo Narro, como miembro de la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 2º.- Establecer que la condición de miembro del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores indicando en el artículo precedente, está vigente desde el 06 de mayo de 2014 al 05 de mayo de 2019. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría Ejecutiva y la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1094819-1 Disponen medidas a ejecutar por los miembros de la Comisión de Orden y Gestión conformada para la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1000-2014-ANR Lima, 9 de junio de 2014 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El informe Nº 432-2014-DGAJ de fecha 06 de junio de 2014 y el memorando Nº 0477-2014-SE de fecha 09 de junio de 2014; CONSIDERANDO: Que mediante resolución Nº 0789-2014-ANR del 15 de mayo de 2014 aclarada mediante resolución Nº 0878-2014-ANR del 19 de mayo de 2014 se dispuso: “Artículo 1.- INTERVENIR y declarar en situación de graves irregularidades académicas y administrativas a la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil y suspender en sus funciones a los profesores que a la fecha vienen ejerciendo los cargos de Rector y Vicerrector Académico y demás autoridades, respectivamente, en virtud de los argumentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- CONFORMAR una Comisión de Orden y Gestión para la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil por el plazo de seis (6) meses. Artículo 3.- ESTABLECER que la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil dentro del proceso de intervención hará las veces de Asamblea Universitaria y Consejo Universitario. El Presidente hará las veces de Rector, las funciones académicas de investigación y administrativas serán asumidas por los demás miembros de la comisión. Los decanatos serán asumidos por los docentes principales más antiguos de cada facultad. Debiendo sustanciarse los procesos disciplinarios, administrativos y formular las acciones judiciales respectivas a que hubiera lugar contra el personal docente y administrativo, en razón de lo expuesto en la resolución materia de la presente rectifi cación y aclaración”. Que en el presente caso, resulta aplicable el artículo 29 del reglamento de intervención que textualmente señala: “Para resguardar el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la Asamblea Nacional de Rectores bajo cualquier modalidad de intervención a que se refi ere el presente reglamento, el Presidente de la ANR, o quien este delegue o el Presidente de la Comisión Reorganizadora según se trate, puede solicitar el apoyo de la fuerza pública” (sic), de modo que para materializar por completo la intervención aludida, la Policía Nacional debe brindar todo el apoyo a los miembros de la Comisión de Orden y Gestión para el desempeño de las funciones encomendadas. Estando a la autorización de Alta Dirección; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento de General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DISPONER que los miembros de la Comisión de Orden y Gestión actúen de inmediato ejerciendo las facultades y atribuciones que sus cargos les confi ere, quedando facultados para ofi ciar a la Policía Nacional del Perú a efectos de que brinden el apoyo de la fuerza pública a los miembros de dicha comisión. Artículo 2º.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1094754-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Sancionan con destitución a magistrado por su actuación como Juez Suplente del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Barranca de la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 723-2013-PCNM P.D. N° 029-2012-CNM San Isidro, 27 de diciembre de 2013