Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 161

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

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General, la Gerencia de Administracion y Gerencia de Rentas, ejecutar las acciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 1095472-1

4.- Recibido el informe aprobatorio de la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales, la Gerencia de Administracion, convocara a la Comision Tecnica de Funcionarios, a fin de que se reunan en un plazo de tres (3) dias habiles. 5.- La Comision Tecnica de Funcionarios deliberara y tomara los acuerdos correspondientes, elaborando y suscribiendo el acta en senal de conformidad, y en atencion a lo acordado, la Gerencia de Administracion emitira la resolucion que corresponda. 6.- Aprobada la forma de pago establecida en la presente MORDAZA,los bienes muebles seran entregados a la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales, corriendo por cuenta del solicitante los gastos, costos,riesgos,seguridad e integridad en el traslado del bien. No es responsabilidad de la Municipalidad cualquier deterioro que se produzca en el traslado del bien MORDAZA de su internamiento; de suceder este percance, debera ser valorizado para efectos de los costos o reduccion del precios correspondiente. 7.- Una vez entregado el bien y/o prestado el servicio aprobado, la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales extendera la conformidad al respecto, con visto MORDAZA de la Gerencia de Administracion, la cual sera derivada a la Gerencia de Rentas,a efectos que se proceda a extinguir la deuda tributaria por el monto aprobado en la Resolucion de Gerencia. Articulo 10º.- COMPENSACION DE PAGOS En los casos en que la valorizacion de los bienes muebles o inmuebles a transferir a nombre de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA exceda el monto de la deuda materia de canje, el saldo que resulte como credito a favor sera compensado en futuras obligaciones tributarias. Articulo 11º.- DE LA PERDIDA Se perdera automaticamente la aprobacion obtenida mediante Resolucion de Gerencia, por las siguientes causales: 1. No entregar los bienes o prestar los servicios dentro de los plazos senalados que otorga la Resolucion de Gerencia con excepcion de la perdida del bien, MORDAZA de su entrega, sin culpa del deudor, en cuyo caso debe procederse a reemplazarlos por otros bienes iguales o mejores caracteristicas en un plazo igual al senalado en la resolucion. 2. Cuando los bienes entregados no reunan las caracteristicas senaladas en la proforma remitida del bien ofrecido o presente servicios ofrecidos fuera del plazo establecido. 3. Por la perdida de los bienes por responsabilidad del deudor. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las solicitudes y/o expedientes en tramite iniciados con anterioridad se acogeran a lo dispuesto en la presente ordenanza. Segunda.- El pago en bienes y Servicios no es compatible con la aplicacion de beneficios tributarios y no tributarios otorgados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. Tercera.- Una vez realizada la transferencia de bienes muebles o inmuebles se deberan realizar los tramites para la incorporacion de los mismos en el margesi de bienes de la entidad. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial el Peruano. Segunda.- Dejese sin efecto la ordenanza Nº 00152001-MDSA, y la ordenanza Nº 00072/MDSA, asi como cualquier disposicion que se oponga o contradiga a la presente ordenanza. Tercera.- Queda facultado la alcaldesa para que de ser necesario dicte normas complementarias,para la correcta aplicacion de la presente ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaria

Aprueban Procedimiento de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Obra
ORDENANZA Nº 00138/MDSA MORDAZA MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2014 VISTO: En sesion ordinaria de la fecha que se indica, el proyecto de ordenanza que aprueba el procedimiento de regularizacion de edificaciones de Licencia de Obra. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la constitucion politica senala que las municipalidades son los organos de gobierno local y tiene autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que el articulo 195º establece que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley asi como planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial. Que, el articulo 40º de la ley Nº 27972, establece que las ordenanzas municipales en la materia de su competencia son normas de caracter general de mayor jerarquia estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean o modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos, contribuciones, dentro de los limites establecidos por normas y leyes. Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones en la cual en su Art. 30º senala que "Las edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de obra despues del 20 de MORDAZA del 1999, podran ser regularizadas hasta el 31 de Diciembre del 2008 conforme al procedimiento que se establezca mediante Decreto Supremo. Que, en fecha 11 de MORDAZA del 2012 se publica la Ley Nº 29898, Ley que modifica la ley Nº 29090 y establece el procedimiento de habilitaciones urbanas de oficio. En su Disposicion Complementaria Transitoria UNICA "... las edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra despues de MORDAZA de 1999 hasta 27 de setiembre del 2008, podran regularizarla dentro del plazo que vence el 31 de diciembre del 2013, conforme al procedimiento que establece el reglamento de la ley Nº 29090. Que, el articulo 1º de la Ley Nº 29090 que tiene por objeto establecer la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de la licencia de edificacion con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria y el Art. 6º en la que ninguna obra de Habilitacion MORDAZA o de Edificacion podra construirse sin sujetarse a las normas urbanisticas establecidas en los planes de desarrollo MORDAZA y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral, Art. 8º Estan obligados a solicitar licencias a que se refiere la presente ley, las personas naturales o juridicas, publicas o privadas, propietarios, usufructuarios, superficiarios, concesionarios o todos aquellos titulares que cuenten con derecho a habilitar y/o edificar. Que, con Informe Nº 474-2014-SGOPCU-GODUMDSA e Informe Nº 126-2014-GODU/MDSA, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Control Urbano; y La Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA respectivamente proponen el proyecto de ordenanza de procedimiento de regularizacion de edificaciones de Licencia de Obra, a fin de formalizar las edificaciones en el distrito de uso

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