Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 147

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

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4.2. Coordinar con la Oficina de Promocion de la Inversion Privada (OPIP) a efecto de realizar los procesos de promocion de la inversion privada que correspondan en la materia, en relacion a los terrenos identificados conforme al numeral precedente. 4.3. Asesorar a la OPIP en la tramitacion de iniciativas privadas o asociaciones publico privadas en materia de proyectos forestales. 4.4. Coadyuvar y/o asesorar en la gestion de recursos nacionales e internacionales para los efectos de la presente ordenanza, a traves de PROCOMPITE, Cooperacion Tecnica Internacional, Bonos de Carbono, Programas Crediticios del Gobierno Nacional, entre otros. 4.5. Promover la realizacion de programas de capacitacion y sensibilizacion en la materia 4.6. Sustentar y coordinar ante autoridades y/o sectores, tales como MORDAZA, Gobiernos Locales, entre otros, la prioridad de los proyectos materia de la presente ordenanza, a efecto de que estas lo tomen en consideracion al momento de resolver conforme a sus competencias. 4.7. Velar y orientar la tramitacion agil y simplificada de los proyectos materia de la presente ordenanza. Articulo 5°.- Condiciones adicionales exigibles a los proyectos forestales Ademas de los requisitos y exigencias de las normas especiales en materia de promocion de la inversion privada, adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, y normas relacionadas a la actividad forestal, los proyectos forestales objeto de la presente ordenanza, deberan contar y/o garantizar lo siguiente: 5.1. Factibilidad del recurso hidrico necesario para la ejecucion del proyecto, por parte de la autoridad competente 5.2. Los terrenos deberan ser compatibles con el uso otorgado en los Planes Directores de las Municipalidades Provinciales respectivas 5.3. Autorizaciones y/o licencias de las autoridades competentes en la materia 5.4. Los terrenos solicitados no deberan interferir con la planificacion que el Gobierno Regional tenga sobre los mismos, a traves de los programas o proyectos correspondientes. 5.5. Asegurar la generacion de puestos de trabajo directos e indirecto 5.6. No destinar el terreno a otros fines distintos a los del proyecto, bajo causal de reversion. Articulo 6°: De la notificacion de la MORDAZA Encargar al Organo Ejecutivo Regional la notificacion directa de la presente Ordenanza, luego de su publicacion, a los miembros de la Comision Multisectorial y a la Autoridad Nacional del Agua. Articulo 7º: De la publicacion Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dos dias del mes de junio del 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los NUEVE dias del mes de junio del dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 1095525-1

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 117-2014-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 705-2014-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal Nº 040-2014-GRA/OOT, expediente Nº 2013-52160, respecto al procedimiento de Primera Inscripcion de Dominio en favor del Estado de dos terrenos eriazos de dominio privado el primero de 15.002.95 m2 y el MORDAZA de 7,139.93 m2 ambos ubicados en el Sector Machaguaya en el Distrito de Mollebaya, Provincia y Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 040-2014-GRA/OOT, el Informe Nº 705-2014-GRA/ OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion acompanada, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del Estado los dos terrenos eriazos de dominio privado el primero de 15.002.95 m2 y el MORDAZA de 7,139.93 m2

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