Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 145

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

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ambiental viene siendo afectada por diversas actividades las mismas que no han seguido adecuadas medidas de manejo ambiental, ademas de tener una limitada ciudadania ambiental y otras acciones que se reflejan en la contaminacion del aire, agua y suelo. En esa medida a efecto de contrarrestar tal situacion la referida politica ha establecido, entre otros, lineamientos en materia de bosques, tales como: i) la conservacion e incremento de la cobertura boscosa, y por ende, la biodiversidad y los sistemas ambientales, mejorando la capacidad productiva del ecosistema; ii) el impulso de la reforestacion de las areas degradadas con especies nativas maderables con mayor potencial de brindar servicios ambientales y otras con potencial economico que contribuyan al desarrollo, promoviendo la inversion publica y privada. Que, al respecto el Articulo 192º de la Carta Magna, establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; mientras que la Ley N° 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como mision de estos, la contribucion al desarrollo regional y sostenible de la region, aplicando de manera coherente y eficaz las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizando la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Asimismo la referida Ley Organica establece como funciones en materia ambiental, entre otras: i) la formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion, direccion, control y administracion de los planes y politicas en materia ambiental, en concordancia con los planes de los gobiernos locales; y, ii) la formulacion, coordinacion, conduccion y supervision de la aplicacion de estrategias regionales respecto a la diversidad biologica y sobre cambio climatico, dentro del MORDAZA de las estrategias nacionales respectivas. Que, como consecuencia del cambio climatico a nivel mundial, la Region MORDAZA viene siendo afectada por diversos fenomenos que ocasionan entre otros aspectos: i) alteraciones en la produccion agropecuaria, ii) escasez de agua, iii) desplazamientos y migraciones poblacionales, iv) reduccion de la biodiversidad, v) afectaciones a la salud humana. En ese sentido, considerando las convenciones y protocolos internacionales de los cuales tomo parte el Peru, y en base al Acuerdo Nacional y especificamente a la Estrategia Nacional de Cambio Climatico, mediante Acuerdo Regional N° 143-2010-GRA/CR-AREQUIPA se aprobo la Estrategia Regional de Adaptacion al Cambio Climatico en la Region MORDAZA con una vision al ano 2018, teniendo dentro de sus ejes: a) la politica de cambio climatico, insertada en planes de desarrollo regional y gobiernos locales; b) la proteccion de la biodiversidad y MORDAZA de agua; y, c) fomento y desarrollo de investigacion cientifica, social y economica sobre vulnerabilidad y adaptacion al cambio climatico. Que, conforme al Plan Regional de Reforestacion y Arborizacion MORDAZA 2009-2028, en MORDAZA existe un grave deficit de area MORDAZA por habitante, mientras que la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) establece que el parametro es de 8 ­ 12 m2/habitante, la MORDAZA de MORDAZA solo alcanza el indice de 5.2m2 por habitante. A su vez la campina que rodea el casco MORDAZA, se presume que en el largo plazo se reducira en dos terceras partes, acentuando aun mas los problemas ambientales urbanos. Desde esta perspectiva es indispensable adoptar soluciones eficaces para la proteccion de dichas areas verdes y agricolas existentes, no solo por el MORDAZA de preservacion de tierras, sino ademas por la implementacion de acciones de arborizacion, asimismo orientando el urbanismo hacia la creacion de nuevos entornos ecologicos, dentro del rango del desarrollo sostenible. Asimismo conforme al referido Plan, se establecio que el sector privado, en el Distrito de La Joya instalo varias decenas de hectareas de plantaciones forestales con fines industriales utilizando material reproductivo de alto rendimiento de MORDAZA (Caesalpinia spinosa), generando confianza y expectativas sobre la viabilidad de este MORDAZA de plantaciones forestales. De igual forma existen algunos trabajos significativos de reforestacion realizados en convenio entre AUTODEMA (Autoridad Autonoma de

a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Velasco de la MORDAZA con matricula numero N-4274, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1095479-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza que promueve la actividad forestal sostenible en la Region MORDAZA mediante la produccion, comercializacion y tecnificacion de especies nativas resistentes al estres hidrico y termico
ORDENANZA REGIONAL Nº 279-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el medio ambiente es el MORDAZA exterior que rodea a todos los seres vivientes y que determina y condiona su existencia, siendo el ambito en el que se desarrolla la MORDAZA y en cuya creacion no ha intervenido la accion humana. Siendo asi, los seres humanos tienen el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de su MORDAZA, asi como tambien en contraparte tienen el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental, asegurar la salud del ser humano, conservar la diversidad biologica, asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del MORDAZA, todo ello conforme a lo previsto en la Ley General del Ambiente. Que, en efecto, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 2°, reconoce que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida; mientras que en su Articulo 67° establece al Estado como responsable de determinar la Politica Nacional del Medio Ambiente. Que, en esa linea, mediante Decreto Supremo N° 0122009-MINAM se aprobo la Politica Nacional del Ambiente, la que ha sido adecuada a nuestra realidad regional en la Politica Regional Ambiental aprobada mediante Ordenanza Regional N° 160-AREQUIPA; la misma que tiene como uno de sus fundamentos el hecho de que la calidad

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